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15/05/2026

Violencia de género: condenaron a cinco años de prisión al policía que le disparó a su ex pareja

Como la condena todavía no está firme, el hombre deberá usar una tobillera electrónica para controlar sus movimientos y evitar que se acerque a la mujer, a quien además tiene prohibido contactar.
Ñancuán fue condenado a cinco años de prisión efectiva y deberá usar tobillera electrónica mientras la sentencia no quede firme. Foto: Tania Domenicucci – ANR
Ñancuán fue condenado a cinco años de prisión efectiva y deberá usar tobillera electrónica mientras la sentencia no quede firme. Foto: Tania Domenicucci – ANR

Este mediodía, el Tribunal que intervino en el juicio oral y público realizado en abril de este año, condenó a cinco años de prisión efectiva al empleado policial Mariano Ñancuán, acusado de haber herido a su pareja con su arma reglamentaria en un hecho ocurrido en mayo de 2025 en Roca.

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La resolución se conoció semanas después de que los jueces declararan su responsabilidad penal y descartaran durante el debate la hipótesis del “accidente”, una versión que el propio imputado sostuvo en las primeras horas tras el disparo.

En la misma audiencia, y en línea con lo solicitado por la Fiscalía y la defensa penal pública, el tribunal dispuso que el condenado continúe sometido a medidas cautelares mientras corren los plazos de impugnación.

Entre ellas, seguirá vigente la prohibición de acercamiento a la víctima, y además se sumaron la prohibición de salida del país y la colocación de una pulsera electrónica con radio de movimiento limitado al ejido de Roca.

De acuerdo a lo expuesto por el fiscal durante la audiencia, las medidas buscan garantizar que el hombre continúe sometido al proceso y neutralizar riesgos procesales. También se informó que la Unidad de Arresto Domiciliario por Monitoreo Electrónico (Uadme) ya confirmó disponibilidad para colocar el dispositivo electrónico.

El pasado 27 de marzo, el mismo Tribunal Colegiado había declarado culpable a Ñancuán por el delito de lesiones graves agravadas por haber sido cometidas por un hombre contra una mujer mediando violencia de género, por el vínculo de pareja y por el uso de un arma de fuego.

La prueba técnica fue clave para derribar la versión del “accidente”

Durante el juicio, uno de los ejes centrales fue la explicación inicial brindada por el policía, quien sostuvo que el arma se había disparado de manera accidental tras una caída.

Sin embargo, la reconstrucción del hecho, las contradicciones en sus relatos y principalmente la prueba técnica expuesta en el debate terminaron debilitando esa hipótesis.

Peritos explicaron que la pistola reglamentaria contaba con mecanismos de seguridad que impedían una detonación por impacto o caída. Además, el análisis de la trayectoria del disparo y de las lesiones sufridas por la víctima fueron considerados incompatibles con un disparo accidental.

En una de las audiencias más importantes del juicio, la mujer relató que Ñancuán le apuntó y disparó. También explicó por qué inicialmente no había contado lo sucedido y describió el temor que atravesaba por la condición policial de su pareja.

En ese contexto, durante el debate se incorporaron evaluaciones profesionales que describieron indicadores compatibles con situaciones de violencia de género y mecanismos de protección frecuentes en víctimas.

El tribunal concluyó finalmente que el acusado tomó el arma, la manipuló y efectuó el disparo de manera intencional.

La condena aún no quedó firme y podrá ser revisada por instancias superiores.

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