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27/05/2025

Abusó de su hija: la Corte rechazó la apelación y pasará 9 años en prisión

La adolescente dejará de llevar el apellido del padre, que perdió todos los derechos parentales.
La adolescente, con el apoyo de su madre, pidió retirar el apellido paterno porque le generaba angustia y malestar. Foto (archivo).
La adolescente, con el apoyo de su madre, pidió retirar el apellido paterno porque le generaba angustia y malestar. Foto (archivo).

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) rechazó el recurso de apelación interpuesto por un sujeto condenado por el abuso sexual de su propia hija. Un Tribunal Penal de Cipolletti le impuso nueve años de prisión, condena que deberá hacerse efectiva. Además, la justicia de Familia lo privó de la responsabilidad parental. Perdió todos los derechos para la crianza su hija, quien también dejó de llevar su apellido.

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La madre de la adolescente solicitó la privación de la responsabilidad parental del progenitor, la supresión del apellido paterno y la autorización exclusiva para decidir sobre viajes al exterior de la joven. Fundamentó su pedido en el artículo 700 inciso a) del Código Civil y Comercial de la Nación, que prevé esta medida cuando uno de los progenitores recibe condena penal por un delito doloso cometido contra el hijo.

El fallo penal se dictó el 27 de abril de 2023 en la Cuarta Circunscripción Judicial. El tribunal condenó al hombre a nueve años de prisión por abuso sexual agravado. La sentencia adquirió firmeza el 28 de mayo de 2024, tras la denegación del recurso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El condenado permanece alojado en el Establecimiento de Ejecución Penal N° 5.

El portal Cipo360 informó que, durante el proceso, la adolescente participó en audiencia y expresó que no deseaba llevar el apellido paterno, ya que le generaba angustia y malestar. Indicó que se identifica con el apellido materno, con el cual se presenta en su entorno escolar y personal. Esta circunstancia se corroboró mediante declaraciones testimoniales e informes de su escuela.

La jueza de Familia valoró las pruebas presentadas y aplicó el principio del interés superior del niño. La Defensora de Menores intervino en el expediente y respaldó la petición, al considerar que la voluntad de la adolescente resultaba clara y bien fundamentada.

La sentencia reconoció en forma exclusiva a la madre el ejercicio de la responsabilidad parental, suprimió el apellido paterno y autorizó a la joven a salir del país junto a su madre o con la persona que ella designe, hasta que cumpla la mayoría de edad.

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