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02/10/2026

Prohibieron publicar fotos de una niña y el fallo fue más allá de las redes: cuidar no es solo tarea de la madre

La medida fue solicitada por el padre luego de que imágenes de su hija aparecieran en una cuenta de Instagram vinculada con una heladería. La jueza protegió el derecho a la imagen de la niña y también puso el foco en la responsabilidad de ambos progenitores para organizar su cuidado.
La resolución abordó la protección de la imagen de niñas y niños en redes sociales y la responsabilidad compartida en las tareas de cuidado. Foto ilustrativa
La resolución abordó la protección de la imagen de niñas y niños en redes sociales y la responsabilidad compartida en las tareas de cuidado. Foto ilustrativa

Por Candela Rossi Bustafán

Una madre tuvo que llevar a su hija a la heladería donde trabaja porque no tenía con quién dejarla. Durante esa jornada se tomaron tres fotografías de la niña mientras jugaba en el local y las imágenes aparecieron luego en una cuenta de Instagram vinculada con el comercio. El padre cuestionó esa publicación y recurrió a la Justicia.

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El hombre sostuvo que la imagen de su hija había sido utilizada sin su consentimiento en una cuenta comercial y pidió que se retirara todo contenido que permitiera identificarla. También solicitó que se prohibieran nuevas publicaciones con fines comerciales, laborales o publicitarios. La madre, por su parte, consideró que se trataba de imágenes de un momento cotidiano con su hija y no de una producción publicitaria, y retiró las fotografías.

El padre inició entonces una medida cautelar autónoma para proteger la imagen de la niña. El fuero de Familia de Roca hizo lugar al pedido y ordenó a la madre abstenerse de publicar, compartir o permitir que terceros difundan imágenes, fotografías, videos o cualquier contenido audiovisual de la niña en redes sociales, plataformas digitales, medios de comunicación o canales de alcance público o masivo.

Pero el análisis judicial no terminó allí. Al abordar las circunstancias en las que se habían tomado las fotografías, la jueza Ángela Sosa puso también el foco en las condiciones en las que las mujeres deben compatibilizar el trabajo remunerado con las tareas de cuidado.

La madre había explicado que llevó a su hija a la heladería porque no tenía quién la cuidara. A partir de esa situación, la sentencia reflexionó sobre los mayores cuestionamientos que suelen enfrentar las mujeres ante un error o un descuido en los ámbitos laboral y familiar. También recordó que el cuidado de la niña no corresponde solo a la madre.

“Pareciera que las mujeres debemos hacer todos los trabajos siempre bien, sin el mínimo error o descuido circunstancias que sufrimos todas las mujeres en los aspectos laborales y familiares a raíz de los sesgos de género imperantes en la sociedad, donde el error de las mujeres pareciera tener mayores cuestionamientos, explicaciones y consecuencias que el de los hombres”, expresó la jueza en la sentencia.

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Para resolver, la magistrada tomó como marco los derechos de niños, niñas y adolescentes a la intimidad, la imagen, la dignidad y la identidad digital. Citó la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y el Código Civil y Comercial. También recurrió a la Observación General número 25 del Comité de los Derechos del Niño, referida a sus derechos en los entornos digitales.

El fallo señaló que la exposición en internet puede dejar una huella digital permanente y afectar la posibilidad de que cada niño o niña decida, según su autonomía progresiva, cómo y cuándo quiere compartir su identidad.

La jueza consideró que la edad de la niña exige una protección especial y que sus derechos a la intimidad, la imagen y la construcción de su identidad digital deben ocupar un lugar prioritario. Al mismo tiempo, señaló que esa protección debe contemplar el derecho de la madre a trabajar.

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Así, la resolución no se limitó a prohibir la exposición pública de la niña. También dispuso que ambos progenitores deben organizar su cuidado y asumir sus responsabilidades para que los dos puedan trabajar en igualdad de condiciones, sin afectar los derechos de su hija.

Finalmente, el fallo instó al padre y a la madre a evitar la judicialización y buscar una solución consensuada al conflicto familiar a través del diálogo y los acuerdos.

 
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