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19/08/2026

¿Qué pasa cuando se viola en forma reiterada una prohibición de acercamiento?

Todas las semanas se registran en Roca casos de personas que no cumplen con estas órdenes judiciales. ¿Qué dice el Poder Judicial?
Ayer en la zona norte de Roca detuvieron a un hombre por violar una prohibición de acercamiento. Foto gentileza
Ayer en la zona norte de Roca detuvieron a un hombre por violar una prohibición de acercamiento. Foto gentileza

Desde hace varias semanas se registran en Roca diferentes delitos de personas que violan medidas judiciales como la prohibición de acercamiento. 

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La prohibición de acercamiento (o medida perimetral) es una medida cautelar o de protección ordenada por un juez (en fuero de familia, penal o de violencia de género) para proteger a una persona.

Hoy justamente la policía de Río Negro informó sobre un hombre de 52 años que fue detenido en la zona norte de Roca luego de que su ex pareja denunciara que había ingresado a su vivienda, pese a la vigencia de medidas judiciales dictadas en el marco de una causa por violencia.

Desde el Poder Judicial informaron que si una persona viola en reiteradas ocasiones una prohibición de acercamiento, se debe tener en cuenta que dicha prohibición constituye una orden judicial explícita. Al incumplirla, se inicia automáticamente una causa penal por el delito de desobediencia a una orden judicial, el cual se clasifica como un delito contra la administración pública por desobedecer de manera directa un mandato del Estado. 

Este tipo de transgresión que está establecida en el Artículo 239 del Código Penal es equivalente a la violación de las medidas de cuarentena dictadas durante la pandemia.

Si bien el delito de desobediencia en sí mismo no suele contemplar penas de cumplimiento efectivo en un primer momento, la situación cambia sustancialmente ante el incumplimiento reiterado. 

La acumulación de condenas puede derivar en una pena de prisión de cumplimiento efectivo o bien en la imposición de una medida de prisión preventiva por reiterancia.

El plazo establecido para estas medidas puede ir desde los 15 días hasta un año, siempre y cuando se cumplan los requisitos normativos de la reiterancia, los cuales consisten fundamentalmente en acumular más de una formulación de cargos por el mismo o por distintos delitos.

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