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18/04/2026

Cuota alimentaria: el papá dijo que ganaba poco, pero sus cuentas lo desmintieron y deberá pagar el 45% de sus ingresos a su hija

La decisión se tomó en el fuero de Familia, en una causa iniciada en Villa Regina. La madre cría sola a la nena, con problemas de salud, mientras el hombre hacía aportes mínimos y sin regularidad.
El fallo se basó en los movimientos bancarios del padre para determinar su verdadera capacidad económica. Foto: archivo
El fallo se basó en los movimientos bancarios del padre para determinar su verdadera capacidad económica. Foto: archivo

La Justicia de Familia fijó una cuota alimentaria del 45% de los ingresos de un hombre luego de comprobar que su capacidad económica era mayor a la que declaraba. La resolución se apoyó, entre otras pruebas, en los movimientos de sus cuentas bancarias, que expusieron ingresos y pagos que no figuraban formalmente.

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La causa se inició a partir del reclamo de la madre, quien cría sola a su hija y sostiene casi en su totalidad los gastos diarios. De acuerdo a lo que surge del expediente, el padre realizaba aportes mínimos, esporádicos y arbitrarios, pese a contar con trabajo en el sector petrolero.

Durante el proceso se acreditó que el hombre tiene ingresos variables, pero con registros bancarios que muestran montos mensuales y pagos adicionales, lo que permitió inferir una capacidad económica mayor a la manifestada. Aunque no posee bienes registrados, ese análisis resultó clave para fijar el porcentaje.

En paralelo, se constató que la mujer vive con recursos limitados y que trabaja con restricciones por problemas de salud, luego de atravesar una operación compleja. Además, los informes sociales confirmaron que asume sola el cuidado, la educación y la alimentación de la niña.

El fallo también tuvo en cuenta que el padre no cumple regularmente con sus obligaciones, tiene una presencia casi nula en la vida de su hija y registra antecedentes de violencia de género, con medidas judiciales previas y una condena penal por amenazas y desobediencia.

Al momento de resolver, el juzgado señaló que la responsabilidad alimentaria es de ambos progenitores, pero remarcó que el cuidado cotidiano que ejerce la madre tiene valor económico y debe ser considerado. También pesó la conducta del hombre, su falta de participación en el proceso y los incumplimientos previos.

La decisión se fundamentó en el interés superior de la niña y en la necesidad de garantizar una cuota que no solo sea estable, sino que también acompañe las variaciones de ingresos del padre.

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