Publicidad
 
26/03/2026

La tiraron de la bicicleta al abrir una puerta en Roca: se quebró y deberán indemnizarla

Una mujer fue tirada de la bicicleta cuando abrieron la puerta de una camioneta sin advertir su paso. El impacto le provocó una fractura en la muñeca y derivó en un reclamo judicial.
La caída ocurrió cuando se abrió la puerta de una camioneta estacionada sin advertir la circulación de la ciclista. Foto: ilustrativa
La caída ocurrió cuando se abrió la puerta de una camioneta estacionada sin advertir la circulación de la ciclista. Foto: ilustrativa

Una mujer que circulaba en bicicleta por calle Damas Patricias chocó contra la puerta de una camioneta que fue abierta sin advertir su paso y cayó al asfalto. El impacto le provocó una fractura en la muñeca derecha y múltiples golpes, una lesión que la dejó sin poder trabajar durante un tiempo.

Lee también: De 55 a 84 cuotas por una Amarok: condenan a una automotriz y a una concesionaria a cumplir la oferta

El episodio derivó en una demanda civil por daños y perjuicios. El fuero civil hizo lugar al reclamo y la jueza ordenó que se indemnice a la ciclista por los gastos médicos, la incapacidad física y el daño moral.

La mujer trabajaba como podóloga y la lesión le impidió ejercer su actividad. Además del impacto físico, el fallo contempló las consecuencias en su vida cotidiana, con la imposibilidad de sostener su trabajo y continuar con sus estudios.

Durante el proceso, el conductor del vehículo no se presentó y fue declarado en rebeldía. La aseguradora reconoció la existencia del seguro, pero intentó deslindar su responsabilidad al atribuir el hecho a una supuesta conducta imprudente de la ciclista.

La jueza descartó esa versión. Consideró acreditado que la caída se produjo por la apertura imprudente de la puerta del vehículo, una maniobra que infringe las normas de tránsito al generar un riesgo para terceros.

En ese sentido, el fallo remarcó que toda acción en la calle debe realizarse con precaución y que existe una obligación específica de extremar los cuidados antes de abrir la puerta de un vehículo estacionado.

Sobre esa base, se aplicó la teoría del riesgo creado, que establece la responsabilidad objetiva del conductor, y se concluyó que no se probó ninguna circunstancia que eximiera a la aseguradora.

No todos los reclamos prosperaron. La Justicia rechazó el pago por lucro cesante —la compensación por ingresos no percibidos— y también los daños materiales de la bicicleta, al considerar que no fueron debidamente probados durante el proceso.

¿Cuál es tu opinión sobre la nota?