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03/03/2026

No les dieron la escritura del lote y perdieron el crédito: condenan a inmobiliaria en Roca

La Justicia ordenó que se entregue el título de propiedad del terreno y que se indemnice a la pareja por no haber podido acceder a un crédito hipotecario para construir su vivienda.
La falta de escritura impidió a la pareja acceder a un crédito hipotecario para iniciar la construcción. Foto: archivo ANR
La falta de escritura impidió a la pareja acceder a un crédito hipotecario para iniciar la construcción. Foto: archivo ANR

Una pareja de General Roca que había comprado un terreno en un loteo promocionado en redes sociales obtuvo un fallo favorable en el fuero Civil luego de que no se cumpliera con la entrega de la escritura en el plazo acordado, lo que les impidió gestionar un crédito hipotecario para construir su casa.

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La sentencia condenó a las vendedoras y a la inmobiliaria a otorgar la escritura traslativa de dominio —el documento que acredita legalmente la propiedad del lote— y a abonar una indemnización por daños y perjuicios.

Según quedó acreditado en el expediente, el contrato establecía un plazo de 24 meses para la ejecución de los servicios y la entrega de la escritura. La pareja pagó la totalidad de las cuotas, pero al vencimiento del término el trámite no estaba concluido.

La jueza dio por probadas las publicaciones en redes sociales, el boleto de compraventa y las comunicaciones entre las partes. Una pericia informática confirmó que el perfil comercial desde el cual se promocionaban los terrenos pertenecía a la inmobiliaria demandada.

También se verificó que la inscripción formal como martillera de una de las intervinientes ocurrió con posterioridad a la publicidad y a la firma del contrato.

El tribunal encuadró la relación en la Ley de Defensa del Consumidor y rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva, al considerar acreditada la intervención directa de la inmobiliaria en la operatoria y la recepción de pagos.

En relación con el incumplimiento, la prueba informativa reveló que el plano de mensura no tenía aprobación definitiva y que no constaba el inicio del expediente ante Catastro. Si bien la empresa de aguas informó avances en redes sanitarias, el empalme no se había ejecutado por falta de documentación habilitante.

Uno de los puntos centrales del fallo fue el reconocimiento de la pérdida de chance, ya que la falta de escritura impidió acceder a créditos como ProCreAr o UVA, requisito indispensable para iniciar la construcción. Además, la jueza admitió un resarcimiento por daño extrapatrimonial, vinculado a la frustración del proyecto de vivienda propia y a la vulneración del deber de información.

Finalmente, la sentencia descartó que la pandemia justificara la demora, al señalar que el plazo contractual había vencido antes del inicio de la emergencia sanitaria.

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