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06/10/2025

Roca: la Justicia condenó a una aseguradora por negar la cobertura de un celular robado

Una mujer de Roca obtuvo una sentencia favorable luego de que su aseguradora rechazara cubrir el robo de su teléfono, alegando la falta de la factura y de accesorios como el cargador y la caja. El fallo determinó que esos requisitos no estaban previstos en el contrato y que la empresa incumplió con su deber de información al consumidor.
la aseguradora fue condenada a indemnizar a la mujer por los daños y perjuicios ocasionados por la negativa injustificada a cubrir el siniestro. Foto (gentileza)
la aseguradora fue condenada a indemnizar a la mujer por los daños y perjuicios ocasionados por la negativa injustificada a cubrir el siniestro. Foto (gentileza)

El Juzgado Civil de General Roca hizo lugar a una demanda presentada por una vecina que, tras el robo de su riñonera mientras entrenaba al aire libre, no logró que la compañía aseguradora reconociera la cobertura del teléfono celular.

La mujer había contratado un servicio de protección para equipos portátiles y cumplió con los pasos exigidos: realizó la denuncia policial, notificó el siniestro dentro del plazo establecido y presentó toda la documentación básica requerida. Sin embargo, la aseguradora le negó la cobertura con el argumento de que no había acompañado la factura de compra, la caja, el cargador, los manuales y otros accesorios del dispositivo, además de exigirle constancias adicionales como el bloqueo de IMEI y la verificación del equipo mediante plataformas electrónicas.

Ante esa negativa, la mujer presentó una denuncia en Defensa del Consumidor y, luego de no obtener respuesta favorable, llevó el reclamo al Poder Judicial.

En la sentencia, la jueza de la causa consideró acreditado que la clienta cumplió con las obligaciones esenciales derivadas del contrato, y que las exigencias formuladas por la empresa no surgían de ninguna cláusula suscripta. Por esa razón, entendió que la aseguradora incurrió en incumplimiento contractual y en violación al deber de información previsto en la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor.

“El proveedor debe brindar información adecuada, clara y completa durante toda la vigencia del contrato”, destacó la resolución, al señalar que el rechazo de la cobertura por motivos no previstos en la póliza constituyó un acto arbitrario contrario al marco legal de protección de los consumidores.

En consecuencia, la aseguradora fue condenada a indemnizar a la mujer por los daños y perjuicios ocasionados por la negativa injustificada a cubrir el siniestro.

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