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29/08/2025

Seis años sin contacto: una jueza de Roca ordenó el reencuentro entre una abuela y su nieta para garantizar sus derechos

El fuero de Familia resolvió un régimen de comunicación progresivo y con acompañamiento terapéutico. La decisión se basó en informes técnicos y en el dictamen del Defensor de Menores
Una abuela podrá revincularse con su nieta luego de seis años de distanciamiento. Foto (ANR)
Una abuela podrá revincularse con su nieta luego de seis años de distanciamiento. Foto (ANR)

Después de más de seis años sin contacto, una abuela de General Roca obtuvo una resolución judicial que le permitirá volver a vincularse con su nieta. Los conflictos entre los progenitores habían impedido que la relación afectiva pudiera desarrollarse y la mujer, sin lograr tampoco comunicación telefónica, recurrió al Poder Judicial.

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La sentencia dispuso un régimen de comunicación que será gradual durante los primeros cuatro meses. Si los informes de seguimiento resultan favorables, la abuela podrá ampliar los horarios de los encuentros. El esquema prevé que sea ella quien retire y reintegre a la niña en el domicilio materno, bajo acompañamiento terapéutico, dado que no existe un vínculo fluido previo entre ambas.

En su resolución, la jueza subrayó que los lazos familiares son fundamentales para el desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes, y remarcó que los adultos deben facilitar —y no obstaculizar— esos vínculos. Destacó además el rol activo de la Justicia frente a situaciones que afectan derechos.

Durante el proceso, la madre de la niña se opuso al régimen de comunicación, alegando episodios de violencia por parte del padre y de su entorno. No obstante, de los informes técnicos surgió que no presentó pruebas concretas que acreditaran hechos de riesgo actuales.

Tanto el Equipo Interdisciplinario como el Defensor de Menores coincidieron en que no existen elementos objetivos que indiquen que el contacto con la abuela paterna pueda perjudicar la salud física o psíquica de la niña. Por el contrario, remarcaron que impedir el vínculo afecta su derecho a la identidad y a desarrollarse en un entorno familiar ampliado.

De esta manera, el fallo fijó un régimen progresivo de encuentros que podrá ampliarse en el futuro, siempre que las evaluaciones posteriores resulten favorables para el bienestar de la niña.

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