Publicidad
 
29/07/2025

La Justicia le devolvió su nombre sagrado: autorizan a un hombre judío a corregir un error en su partida de nacimiento

Un hombre logró que se corrija una letra en su partida de nacimiento, tras demostrar que el error alteraba el significado religioso de su nombre. La Justicia consideró que se trata de un derecho esencial vinculado a la identidad.
Una jueza de Roca ordenó la rectificación de una partida de nacimiento para respetar el nombre original elegido por una familia judía. Foto (archivo)
Una jueza de Roca ordenó la rectificación de una partida de nacimiento para respetar el nombre original elegido por una familia judía. Foto (archivo)

Una jueza de Familia de Roca autorizó la rectificación de un nombre en una partida de nacimiento, luego de que un hombre judío solicitara la modificación de una letra que alteraba el sentido original y sagrado del nombre elegido por sus padres. La decisión judicial se fundó en la importancia del derecho a la identidad y en el impacto emocional y práctico que el error le generaba al solicitante.

Mirá además: La justicia autorizó a una joven roquense a quitarse el apellido de su padre porque era violento

El caso se remonta al momento en que fue inscripto en el Registro Civil. Según consta en el expediente, el nombre escrito por sus padres, con origen hebreo y mencionado en las Santas Escrituras, fue alterado por una falla ortográfica: la encargada del organismo reemplazó la letra “Z” por una “X”. Este cambio, aparentemente menor, transformó un nombre sagrado en uno que podía interpretarse como peyorativo.

En su presentación, el hombre explicó que pertenece a una familia judía, que su madre eligió el nombre por sus raíces religiosas y que verlo escrito de manera incorrecta le genera rechazo. También sostuvo que esa discordancia entre su identidad vivida y el nombre registrado oficialmente le provoca malestar e incluso dificultades en su vida cotidiana, especialmente al realizar trámites o al identificarse ante organismos públicos.

Durante el proceso, aportó como prueba varias cartas enviadas a sus padres desde Israel, país donde vivió durante varios años, todas firmadas con la versión correcta del nombre. Esas evidencias fueron evaluadas por la jueza, quien concluyó que se cumplían los requisitos legales establecidos en el artículo 69 del Código Civil y Comercial de la Nación, que permite el cambio de nombre por justos motivos.

La magistrada destacó que la identidad es un proceso dinámico vinculado a la personalidad, la historia de vida y los vínculos sociales. Sostuvo que el pedido no implicaba un perjuicio para terceros, y que debía primar el derecho personalísimo al nombre, entendido como un componente esencial de la identidad de toda persona.

¿Cuál es tu opinión sobre la nota?