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17/07/2024

Tres albañiles demandaron a su empleador por falta de registro laboral

Se condenó al director de la obra a pagar diversas sumas de dinero a cada uno de los tres trabajadores. Las indemnizaciones incluyen salarios adeudados, aguinaldo y vacaciones proporcionales.
Tres albañiles demandaron a su empleador por falta de registro laboral
Tres albañiles demandaron a su empleador por falta de registro laboral

La Cámara del Trabajo ha resuelto a favor de tres albañiles que demandaron a su empleador por falta de registro laboral y el pago de remuneraciones adeudadas.

La sentencia reconoció la relación de dependencia de los trabajadores en la construcción de un edificio en la calle Primero de Mayo de Cipolletti, donde se desempeñaron como oficiales carpinteros sin estar registrados legalmente.

El fallo judicial determinó que los albañiles percibieron un salario diario sin la correspondiente registración formal. Tras no recibir el pago de tres quincenas, los trabajadores intimaron a su empleador para regularizar su situación. Ante la falta de respuesta, decidieron dar por terminada la relación laboral y avanzar con acciones legales.

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Los albañiles habían sido contratados para realizar el armado de estructuras, llenado de hormigón y losas en el edificio Atlas 8, ubicado en la calle Primero de Mayo 128 de Cipolletti. Inicialmente, intentaron una conciliación, pero el empleador no se presentó a la audiencia, lo que los llevó a impulsar el juicio laboral.

Durante el juicio, el responsable de la construcción del edificio negó la relación laboral y argumentó que se había firmado un contrato a precio fijo. Además, alegó problemas de salud que lo obligaron a trasladarse a Buenos Aires y Córdoba, lo que provocó un desorden administrativo y la pérdida de la documentación relacionada con las obras que dirigía.

El tribunal concluyó que la relación laboral quedó acreditada a través de testimonios y pruebas periciales. También se comprobó la ausencia de aportes a la seguridad social y la falta de entrega de certificados de trabajo.

En consecuencia, se condenó al director de la obra a pagar diversas sumas de dinero a cada uno de los tres trabajadores. Las indemnizaciones incluyen salarios adeudados, aguinaldo y vacaciones proporcionales. Además, el empleador deberá entregar los certificados de trabajo y servicios en un plazo de 60 días, bajo apercibimiento de sanciones diarias por incumplimiento.

Asimismo, el tribunal notificó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a la Secretaría de Trabajo de la provincia y a la asociación sindical sobre la situación irregular detectada, para que tomen las medidas correspondientes.

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