30/05/2023

¿Quién es responsable por los daños que provoca un perro suelto?

¿Quién es responsable por los daños que provoca un perro suelto?

En los barrios suele haber infinidad de perros sueltos. En algunos casos, cuando pasa una bici o una moto salen disparados a perseguir una rueda o tirar alguna dentellada a los tobillos del que circula. Y a veces, esa conducta termina con una mordedura o con la persona desparramada en el piso, con heridas mayores. ¿Quién se hace responsable de lo ocurrido?

Un caso de esos llegó finalmente a los tribunales de la Segunda Circunscripción. Una mujer y su hija de seis años iban en una moto, cuando les salió al cruce un perro que les hizo perder el equilibrio y cayeron sobre la calle. Las consecuencias: la madre, con graves lesiones en el hombre que le produjeron una incapacidad física permanente. La hija, por fortuna, sin lesiones de gravedad.

La causa llegó al juzgado Civil N° 31 de Choele Choel. Allí, el denunciado se hizo el desentendido: “ese perro no es mío”. Pero varios vecinos aseguraron que el perro no sólo pertenecía al hombre demandado sino que, además, eran cotidianos los ataques del can a peatones, ciclistas y motociclistas.

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El Juzgado tuvo por acreditado que el perro había atacado sorpresivamente a la mujer y condenó al dueño por haber incumplido su deber de vigilancia sobre él. El ataque del perro causó daño físico, psíquico y moral a la mujer, además de una incapacidad laboral del 40%.

Pero los testigos directos del episodio aseguraron que la mujer y su niña fueron atacadas por ese perro, que salió del terreno del demandado porque estaba el portón abierto. También atestiguaron que el perro vive en esa casa, que siempre responde al llamado del hombre y que “acostumbraba a correr a la gente y a morder los pantalones”. Incluso recordaron que estando la mujer herida en el piso, con la moto encima, el perro “no la soltaba”.

Según explicó el fallo, en cualquier caso de responsabilidad objetiva “el propietario o guardián del animal agresor debe afrontar los daños causados, salvo que demuestre el accionar culposo de la víctima o de un tercero; caso fortuito o fuerza mayor”. Pero en este caso no se demostró ninguna de esas cuatro opciones que la ley admite para liberarse de la responsabilidad civil.

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La mujer fue internada y operada, y realizó varios meses de fisioterapia sin poder revertir el dolor constante y la pérdida de funcionalidad del brazo. Una pericia detalló las secuelas psíquicas del hecho, “compatibles con el concepto psicológico de trauma”. A ese rubro se sumó la indemnización por la incapacidad física, acreditada por una pericia médica, que la afecta no sólo a nivel laboral “sino también por la incidencia en la vida de relación de la víctima y en su actividad productiva”.

La condena incluyó también los gastos de farmacia, radiografías y traslados que costeó la mujer y finalmente ordenó un resarcimiento por daño moral “fundado en que al momento del accidente se encontraba sana y activa, ostentando un excelente estado de salud” y las gravísimas lesiones ahora “limitan ampliamente sus actividades cotidianas, repercutiendo negativamente en la autoestima y en los sentimientos más íntimos” de la joven madre.

 

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