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LEGALES

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11/05/2026

Le concedieron la prisión domiciliaria a Julio De Vido por su delicado cuadro de salud

El fallo, firmado por los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci, hizo lugar al recurso presentado por la defensa del exfuncionario, encabezada por Maximiliano Rusconi.

La reciente medida tomada por la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal ha capturado la atención pública al concederle al exministro de Planificación Federal, Julio De Vido, la prisión domiciliaria debido a preocupaciones sobre su salud. La decisión, tomada por los magistrados Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci, se basa en la incapacidad del Servicio Penitenciario Federal para asegurar una atención médica adecuada dentro del centro penitenciario donde De Vido se encuentra detenido.

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Con 76 años, Julio De Vido enfrenta una condena de cuatro años de prisión por el delito de administración fraudulenta. Hasta este momento, cumplía su pena en la Unidad 19 ubicada en Ezeiza. Sin embargo, su salud ha sido una preocupación constante, especialmente tras un grave episodio cardíaco ocurrido el pasado 1 de abril, el cual requirió una urgente intervención médica que incluyó una angioplastia con la colocación de un stent.

En el fallo a favor de la detención domiciliaria, el tribunal subrayó la necesidad de un entorno controlado para De Vido, un diagnóstico respaldado incluso por el Cuerpo Médico Forense. Las afecciones de salud que aquejan al exfuncionario, como una enfermedad cardiovascular arteriosclerótica difusa y diabetes mellitus tipo 2 que requiere insulina, complican su permanencia en un entorno penitenciario regular sin la adecuada infraestructura médica.

El juez Carlos Mahiques profundizó en la precariedad de las condiciones de atención médica dentro de la prisión. "La presencia exclusiva de enfermeros en turnos populares como noches y fines de semana, mientras que los médicos solo están disponibles mediante comunicación telefónica, pone en riesgo la vida del interno ante situaciones de emergencia", explicó. Esta falta de atención in situ y la carencia de medicamentos esenciales para contrarrestar complicaciones provenientes de tratamientos anticoagulantes se señalan como factores críticos que afectan la capacidad de respuesta del sistema penitenciario ante emergencias médicas graves.

Considerando los principios de la dignidad humana y la salud como pilares básicos de los derechos humanos, los magistrados señalaron la importancia de tratar con precauciones específicas a los adultos mayores privados de libertad. Esta circunstancia llevó al tribunal a esta decisión histórica, que impone al Tribunal Oral Federal N°4 la tarea de establecer las condiciones precisas bajo las cuales De Vido deberá cumplir con esta modalidad de arresto.