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04/06/2024

Deberán indemnizar a un adiestrador de perros de la policía por lesiones graves tras un ataque

Pese a los tratamientos la lesión del hombre no evolucionaba por lo que la aseguradora deberá indemnizar al trabajador.
Deberán indemnizar a un adiestrador de perros de la policía por lesiones graves tras un ataque
Deberán indemnizar a un adiestrador de perros de la policía por lesiones graves tras un ataque

Un hombre que se desempeñaba en el Cuerpo de Seguridad de la policía de Río Negro como adiestrador de perros se encontraba hidratando a uno cuando este intentó atacarlo, lo que provocó que perdiera el equilibrio, impactara contra el bebedero y sintiera un fuerte dolor en su hombro, muñeca y rodilla derechas.

El trabajador relató que realizó la correspondiente denuncia de siniestro y la aseguradora le proveyó tratamiento médico, que incluyó un proceso de infiltración sobre el hombro afectado y sesiones de kinesiología. Pese a esto, la lesión no evolucionó favorablemente y dejó secuelas incapacitantes que se convirtieron en severas limitaciones funcionales, con pérdida de movilidad, sensibilidad y fuerza.

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Luego de otorgada el alta, el hombre inició ante la Comisión Médica el procedimiento por divergencia en la determinación de la incapacidad porque el referido organismo emitió un dictamen médico en el que se determinó que presentaba un porcentaje de incapacidad sustancialmente menor que el que correspondía asignarle.

En las conclusiones de las pericias médicas se explicó: “Habiendo evaluado al actor y analizado la documentación acompañada, se observan molestias en la muñeca derecha con rangos de movilidad normales. También se observa limitación en la flexión de la rodilla derecha, que no encuentra sustento anatómico de acuerdo con el informe de resonancia magnética del 28/12/2020, por lo que no sería objetivo de incapacidad permanente”.

Y “Por otro lado, se objetivan limitaciones en la funcionalidad del hombro derecho que sí tienen una correlación con el evento traumático relatado por el actor y aceptado por la ART”. Frente a estas pruebas, la Cámara Laboral condenó a la Federación Patronal Seguros S.A. por la incapacidad laboral reconocida al trabajador.

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