23/03/2023

La concesionaria tardó 10 años en devolver la plata y le multiplicaron la multa por 10

La concesionaria tardó 10 años en devolver la plata y le multiplicaron la multa por 10

Un abogado de la región intentó comprar un BMW de alta gama en un concesionario de Bahía Blanca, con tan mala fortuna que nunca se lo entregaron y falleció en el medio del reclamo judicial. Diez años después de iniciada la operación, los familiares lograron un reconocimiento: que se multiplique por 10 el valor de la indemnización por “daño punitivo”, para actualizarlo, y un recálculo de los intereses por la suma que no se devolvió.

La multa civil que inicialmente se había fijado en 150 mil pesos se incrementó en diez veces con el objetivo de hacerle frente a la pérdida de poder adquisitivo. El primer fallo condenó a la agencia a devolver el dinero abonado por la frustrada compra de un BMW (42.469 dólares), más una indemnización por daño moral y punitivo. En la apelación, el tribunal aumentó los montos.

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Las gestiones para la recuperación del dinero comenzaron en 2013 y continuaron de forma privada durante cinco años, sin éxito. Ante esa situación y con la complejización del caso, presentó el reclamo ante la justicia civil. En el medio ocurrieron otras cosas: vino la pandemia, el hombre falleció y sus herederos tuvieron que esperar a la finalización de la sucesión para poder continuar con la causa.

En su demanda original, el abogado de Cipolletti explicó que la Agencia BMW Rhein Motors S.A, de Bahía Blanca, promocionaba en periódicos y redes sociales la venta de automóviles con la asistencia de agentes de venta, por lo que recibió en su domicilio la visita de un vendedor. En 2013, suscribió una oferta de compra de un vehículo y entregó 40.000 pesos. En los meses siguientes continuó depositando sumas de dinero en pesos que eran convertidas al equivalente en dólares.

Pretendía adquirir un BMW modelo 328 Luxury cero kilómetro. Un vehículo que a valores de 2023 tiene un valor que fluctúa entre los 70.000 y los 125.000 dólares, según el tipo de equipamiento.

El cliente abonó un total de seis cuotas. En total llegó a pagar 42.469 dólares, hasta que el Estado cambió el régimen en la alícuota aplicable y la operación se complejizó. El vehículo nunca se entregó y el contrato terminó disuelto.

El fallo de primera instancia condenó a la agencia a devolverle al cliente los 42.469 dólares o su equivalente en pesos al tipo de cambio. También fijó 20 mil pesos por daño moral, que representan las afectaciones espirituales que le implicó la frustración del negocio, y una multa civil por daño punitivo de 150 mil pesos por el incumplimiento de la ley de Defensa del Consumidor, puntualmente el deber de información.

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En la apelación, se consideró que la firma no había devuelto hasta ese momento los 42.469 dólares y por eso se aplicaron intereses a ese rubro y al daño moral. Respecto de la multa civil se incrementó en 1.500.000 de pesos. Se consideró “el perjuicio resultante de la infracción para el consumidor o usuario, que ha sido indicado, consistente en la retención inmotivada de importantes valores dinerarios, que además han sido signados por el proceso inflacionario y la pérdida de poder adquisitivo, amén de la impronta disvaliosa de las ahora múltiples cotizaciones de la divisa”.

Por la disolución del contrato, se consideró que se trataba de un caso fortuito o de fuerza mayor ya que nada tuvieron que ver las partes - tanto la agencia como el cliente - en el cambio del régimen de la alícuota por parte del Estado.

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