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01/03/2023

Manejaba alcoholizado, drogado y con exceso de velocidad, y mató a una persona: 8 años y medio de prisión

Manejaba alcoholizado, drogado y con exceso de velocidad, y mató a una persona: 8 años y medio de prisión
Manejaba alcoholizado, drogado y con exceso de velocidad, y mató a una persona: 8 años y medio de prisión

Durante la audiencia que se realizó en la ciudad judicial de Neuquén, Sandro Gustavo Codegoni fue sentenciado a ocho años y seis meses de prisión por atropellar y matar a un comerciante durante un siniestro vial ocurrido en una esquina del barrio Villa Florencia. El agravante de la causa fue el estado en que se encontraba el imputado: totalmente alcoholizado, con un registro de 2,04 gramos de alcohol en sangre (en la capital neuquina, la tolerancia es 0); tenía restos de cocaína en su cuerpo y encima, manejaba con exceso de velocidad (47 km/h al momento del impacto).

El hecho ocurrió el 23 de octubre de 2021, cerca de las 21, en la esquina de calles Intendente Carro y La Pampa de la ciudad de Neuquén. La víctima, Pedro Ariel Leiva, estaba en el frente de su comercio cuando Codegoni subió a la vereda con la camioneta Ford Eco Sport que conducía y lo embistió, provocándole lesiones que ocasionaron la muerte.

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En forma previa, el acusado había tenido una discusión con el conductor de una camioneta Fiat Strada, a quien persiguió durante varias cuadras. Fue en ese contexto que circulaba a alta velocidad y perdió el control de su vehículo.

Para tener en cuenta en el análisis de la causa: además de la “tolerancia cero” para el conductor; que la velocidad máxima al aproximarse a una intersección es de 20 km/h, y Codegoni manejaba a más del doble de lo permitido.

Además, un registro de 2 gramos de alcohol está considerado en el límite entre la “borrachera intensa” y la “borrachera completa”. Algunos síntomas: la euforia excesiva, embriaguez, pérdida de control de facultades superiores, deterioro muy grave de rendimiento psicomotor y visión muy borrosa, entre otros.

En septiembre, el tribunal colegiado declaró en fallo dividido la responsabilidad penal por el delito de homicidio simple cometido con dolo eventual, en carácter de autor (artículos 79 y 45 del Código Penal), tal como lo solicitaron la fiscal Eugenia Titanti y el asistente letrado Bruno Miciullo. La jueza Laura Barbé y el juez Marco Lupica Cristo, emitieron el voto mayoritario. El voto en disidencia fue del magistrado Luis Georgetti, quien entendió que la calificación adecuada debía ser la de homicidio con culpa temeraria.

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En una audiencia de lectura de veredicto, un tribunal condenó a Codegoni a 8 años y 6 meses de prisión, tras ser declarado responsable penal por atropellar a Pedro Ariel Leiva y provocarle la muerte.

La fiscal del caso Eugenia Titanti, en el alegato del juicio de cesura y junto al asistente letrado de la fiscalía de Homicidios Bruno Miciullo, pidieron que se impongan nueve años de prisión. Por su parte, la querella particular que representa a la familia de Leiva requirió seis meses más que el monto de pena requerido por los representantes de la fiscalía.

El tribunal que estableció el monto de la pena que el condenado deberá cumplir estuvo integrado por dos jueces y una jueza que arribaron a la sentencia por unanimidad.

 

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