02/02/2023

Una mujer policía sufría violencia de género y la echaron de la fuerza: qué dijo la justicia

Una mujer policía sufría violencia de género y la echaron de la fuerza: qué dijo la justicia

Después de siete años de idas y venidas en los tribunales, una mujer policía logró su reincorporación a la fuerza seguridad, una indemnización por daño moral debido al tiempo que fue mantenida cesante y que toda la institución tenga que capacitarse en perspectiva de género, tal como lo impone la “ley Micaela”.

El hecho se produjo en 2015, cuando una joven policía del Alto Valle fue desafectada porque la violencia doméstica y de género que padecía afectó su “rendimiento”. La investigación demostró que el día del ataque más grave, el agresor la golpeó, le quitó el arma reglamentaria y finalmente se suicidó.

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La institución le inició un sumario por negligencia en el cuidado de la pistola y finalmente la dio de baja, al dar por desaprobado su primer año de período de prueba en la fuerza de seguridad.

Ahora, tras mucho batallar y no darse por vencida, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó el fallo de la Cámara Laboral que declaró nula la resolución de la baja, ordenando su reincorporación y una nueva evaluación de su desempeño con perspectiva de género. Además,  dispuso una indemnización por daño moral para la mujer y condenó a la institución a dictar capacitaciones internas.

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El caso se juzgó ante la Cámara Segunda del Trabajo de Roca que dictó la sentencia en mayo del año pasado. Luego, la provincia de Río Negro presentó un recurso ante el STJ, cuestionando el monto de la indemnización - que se había fijado en 1.500.000 de pesos con intereses -,y en la obligación que le impuso a la fuerza de capacitarse en materia de género.

El máximo Tribunal confirmó la indemnización económica por unanimidad y, por mayoría, mantuvo la capacitación obligatoria para toda la institución.

En el fallo se destacó que la condena impuesta tiene base normativa -la Ley Nacional N° 27.499, más conocida como Ley Micaela y promulgada en enero de 2019, y la Ley de adhesión provincial N° 5410- y se sustenta en los hechos que el tribunal de juicio tuvo por acreditados en la causa. También se recalcó que es un tema de gran relevancia social, que debe merecer especial atención por parte de la jefatura policial.

Se remarcó además que la sentencia de la Cámara Laboral no hace más que ordenar el cumplimiento de lo que la ley impone como obligación a todas las personas que integran los tres poderes del Estado. En ese aspecto se resolvió que en caso de que el personal policial ya haya recibido las capacitaciones en materia de violencia laboral y de género, tal como se argumentó en el recurso, esa circunstancia deberá ser acreditada en el expediente en la etapa de ejecución de la sentencia.

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