01/12/2022

Le imputaron el cargo de lesiones leves a la madre que ingresó a un aula y golpeó a un alumno

Le imputaron el cargo de lesiones leves a la madre que ingresó a un aula y golpeó a un alumno

La mujer de 43 años que en octubre entró a un aula de la Escuela Superior Rionegrina 1 (ESRN) y golpeó a un estudiante, en medio de una situación de gritos e insultos, fue imputada esta mañana por el delito de "lesiones leves".

La audiencia se realizó en reserva por haber menores de edad involucrados pero el área de prensa informó que el Ministerio Público Fiscal (MPF) imputó esta mañana a la mujer y además se solicitaron medidas cautelares.

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Según la acusación fiscal “la señora, madre de un menor alumno de esa escuela, ingresó a un curso cuando se encontraban estudiantes en clase junto a dos profesores y comenzó a increpar a los jóvenes. La mujer se abalanzó hacia uno de los adolescentes y comenzó a agredirlo con golpes de puño. Las lesiones fueron certificadas como de carácter leve”.

En ese momento, describió la fiscal del caso, “algunos intentaron que la mujer cesara en su accionar, siendo agredidos sin ocasionarles lesiones. Finalmente, tras la intervención de uno de los preceptores, la señora se retiró del lugar”.

La calificación legal esgrimida por la fiscalía para esta etapa del proceso es la de “lesiones leves” según los Artículos 89 y 45 del Código Penal.

Entre el sustento probatorio mencionado se encuentran las denuncias penales realizadas por los y las progenitoras de algunos estudiantes, de personal del establecimiento escolar, certificado de nacimiento del menor que resultó lesionado, una filmación extraída de redes sociales de la situación, entre otra evidencia.

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La defensora pública penal que asistió a la imputada durante la audiencia, no se opuso al hecho ni a la calificación legal esgrimida el día de hoy, y agregó que tras el asesoramiento recibido la señora había decidido no prestar declaración por ahora.

Las medidas cautelares solicitadas por la fiscalía, que no tuvieron oposición de la defensa, fueron prohibición de acercamiento al domicilio del menor por un radio de 200 metros, y no hostigarlo, ni ella ni a través de terceros, por ninguna vía, inclusive las digitales.

De esta manera, el juez de Garantías resolvió tener por formulados los cargos, otorgar un plazo de 4 meses para las medidas cautelares y el mismo tiempo para la investigación penal preparatoria.

La defensa penal pública se opuso a la publicidad de la audiencia por existir dos menores de edad involucrados, el hijo de la mujer imputada y el adolescente damnificado, “cuya imagen e intimidad podría verse perjudicada”. La fiscalía, por su parte, se manifestó a favor de la publicidad de la audiencia con restricciones específicas.

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