17/05/2022

Sufrió una descarga eléctrica una noche de lluvia y la empresa tiene que indemnizarlo

Si bien el fallo no está firme y puede ser apelado, de confirmarse la víctima deberá cobrar 54.193.300 pesos.

Sufrió una descarga eléctrica una noche de lluvia y la empresa tiene que indemnizarlo

Un joven de 18 años que recibió una fuerte descarga eléctrica dentro de su domicilio, a causa de la cual tiene daños irreversibles en su salud, recibirá un resarcimiento económico por parte de la distribuidora de la energía, Edersa, tal como ordenó la justicia. Según informaron judicialmente, si bien el fallo no está firme y puede ser apelado, de confirmarse la víctima deberá cobrar 54.193.300 pesos.

El hecho sucedió en 2014 en el barrio Anaí Mapu de Cipolletti y como consecuencia el damnificado permaneció internado por un año. Después hubo un proceso penal y finalmente, en 2016, se presentó la demanda civil. A partir de esa fecha hubo dificultades para designar a un perito en electricidad.  Otros hechos de esa naturaleza han sucedido con personas que recibieron golpes eléctricos

El fallo es de primera instancia y no está firme porque puede ser apelado. La compañía Edersa y su aseguradora, en la medida de la póliza, deberán indemnizar al joven por la suma de 54.193.300 de pesos.

El día del episodio, hubo un fuerte temporal de lluvia que generó inconvenientes en todo el Alto Valle. El joven de 18 años, que era futbolista, circulaba en bicicleta por el barrio Anai Mapu. En ese trayecto, el paso de los autos generó una ola y se supone que él se subió a la vereda para no ser alcanzado por el agua. 

Las pericias demostraron que el pilar no reunía las condiciones de seguridad exigidas por la ley. La instalación tenía una antigüedad de 30 años y además había una malla atada con alambre. Todo ese sistema, sin descarga a tierra, condujo la electricidad a través de toda la reja. La víctima fue rescatada mientras permanecía tirada en el agua.

No se probó si el chico se agarró de la reja (o de la malla) o si la electricidad provino del charco.

En el proceso civil se discutió si la responsabilidad era de Edersa o del propietario del domicilio que mantenía el pilar en ese peligroso estado.

El fallo determinó que la responsabilidad era de la compañía distribuidora. En primer lugar por considerar que es la “dueña o guardián de la cosa riesgosa”, en este caso la energía. 

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