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19/04/2022

Se modificó el programa REPRO: se ayudará a empresas privadas a pagar a sus trabajadores

La medida se estableció mediante la Resolución 420/2022 en el Boletín Oficial el día de ayer
Se modificó el programa REPRO: se ayudará a empresas privadas a pagar a sus trabajadores
Se modificó el programa REPRO: se ayudará a empresas privadas a pagar a sus trabajadores

El Gobierno Nacional realizó cambios en los alcances y requisitos para acceder al “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO), que fue establecido para ayudar a determinadas empresas a pagar los sueldos de sus empleados. La medida fue anunciada a través de la Resolución 420/2022, publicada este martes en el Boletín Oficial.

Este REPRO reemplaza a los Programa de Recuperación Productiva (Repro) y Programa Repro II, de 2018 y 2020, respectivamente.

La medida firmada por Claudio Moroni, presenta modificaciones y dice el texto que "en el contexto actual de la economía nacional, se evidencian diversos indicadores que dan cuenta de un proceso de reactivación de la actividad económica y del empleo".

El monto a recibir será equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la remuneración total hasta un máximo del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del valor del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM) vigente por cada relación laboral activa del sujeto empleador alcanzado por el programa. Para percibir la asignación, los trabajadores y las trabajadoras no deberán percibir una remuneración total superior a CUATRO (4) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM) vigente.

Este subsidio se entregará durante tres meses y el interesado solamente podrá inscribirse en el programa en dos ocasiones como máximo, de manera consecutiva o no, “dentro de los tres años contados a partir del inicio del primer período otorgado”.

Esta ayuda la podrá pedir todos los empleadores del sector privado, excepto aquellos que “perciban subsidios del Estado Nacional y de Provincias y Municipios”; hayan “iniciado su actividad 6 meses previos a su solicitud”; se encuentren incluidos en el Programa para el Fortalecimiento de los Equipos de Salud para la Calidad y la Seguridad (FESCAS), o sean “empresas, sociedades y Entes de los Sectores Públicos Nacional, Provincial y Municipal”.

Se aclara que "para acceder al Programa antedicho, los empleadores y empleadoras, además de cumplir con los requisitos e indicadores del programa, deberán presentar un 'Plan de recuperación económica, productiva y laboral' que sea consistente, veraz y factible, el cual será objeto de evaluación" por parte del Ministerio.

La ayuda podrá tramitarse utilizando la Clave Fiscal en el sitio web de la AFIP y adhiriendo al servicio al contribuyente que se creará para la ocasión. Luego de este paso, los interesados tendrán que “manifestar con carácter de declaración jurada que cumplen con todas las obligaciones laborales, sociales y previsionales a su cargo” e informar su nómina de personal dependiente.

Por otro lado, perderán el beneficio quienes despidan empleados sin justa causa.

“Dichas acciones tendrán como consecuencia para los sujetos empleadores la caducidad inmediata del beneficio, la suspensión para reinscribirse en el Programa y la devolución de los importes percibidos, por sus respectivos trabajadores, desde el inicio del acceso al beneficio, más la aplicación de los intereses que correspondan”, remarcaron las autoridades.

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