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28/12/2021

Murió electrocutado mientras trabajaba y condenaron a la dueña de la empresa

Murió electrocutado mientras trabajaba y condenaron a la dueña de la empresa
Murió electrocutado mientras trabajaba y condenaron a la dueña de la empresa

Norma Nélida Mendoza Montecinos fue condenada a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional, luego de ser declarada penalmente responsable por la muerte de un empleado de una empresa a su cargo.

La víctima fue Erick Ángel Bravo Araya, quien falleció el 17 de marzo de 2017 tras recibir una descarga eléctrica de una línea de media tensión mientras realizaba tareas de pintura en un sector de monoblocks de la ciudad de Neuquén.

Erick trabajaba en una empresa que había sido contratada para realizar tareas de pintura en unos monoblocks. El 17 de marzo de 2017, mientras trabajaba sobre un andamio sin barandas y a 56 centímetros de un cable de línea de media tensión, tocó el cable de alta tensión y murió por electrocución.

Los andamios estaban ubicados a una distancia menor a la indicada como segura por la legislación vigente y no disponía de las herramientas adecuadas, entre numerosas faltas de seguridad laboral.

Por esta misma causa también estaba acusada una profesional encargada de seguridad e higiene que trabajaba en la empresa y que en 2019 suspendió el proceso a prueba, bajo el cumplimento de una serie de reglas de conducta y, entre otras obligaciones, realizar y dictar cursos relacionados con reglas de seguridad.

Tiempo después, en diciembre del 2020, la dueña de la empresa, Norma Nélida Mendoza Montecinos, fue hallada penalmente responsable y condenada a 1 año y ocho meses de prisión de ejecución condicional en marzo de 2021. Pero un Tribunal de Impugnación (T.I.) compuesto por los jueces Daniel Varessio, Richard Trincheri y la jueza Estefanía Sauli hizo lugar a la impugnación contra la sentencia de responsabilidad y de pena impugnada, anulando la misma y reenviando a nuevo juicio.

Luego de un segundo juicio que demandó tres jornadas, la imputada fue declarada penalmente responsable por el delito de homicidio culposo (artículos 84 y 45 del Código Penal).

La fiscalía solicitó que se le imponga a la imputada la pena un año y ocho meses de prisión en suspenso y cumplir con las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio; abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar del consumo de alcohol; someterse al control de la población judicializada cada cuatro meses y acreditar la realización de un curso de capacitación en seguridad e higiene de 80 horas.

Los agravantes que los representantes de la fiscalía tuvieron en cuenta para requerir el monto de la pena son: la gravedad del hecho, la naturaleza de la acción y la extensión del daño, mientras que como atenuantes valoró la ausencia de antecedentes penales y la edad de la víctima.

El abogado particular que intervino como querellante, Javier Pino Muñoz, adhirió al pedido de la fiscalía en todos sus términos.

El juez de garantías a cargo de la audiencia impuso a la mujer la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional y avaló las reglas de conducta solicitadas.

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