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26/10/2026

Revocatoria de Román: la Justicia suspendió la convocatoria al referéndum, pero el proceso sigue abierto

Un juez de Roca consideró que el Concejo Deliberante de Allen debía convocar a la consulta mediante una ordenanza y no una resolución. La medida es cautelar y no resuelve la validez de la revocatoria.
El intendente de Allen, Marcelo Román, presentó el planteo judicial que derivó en la suspensión cautelar de la convocatoria al referéndum. Foto: Tania Domenicucci
El intendente de Allen, Marcelo Román, presentó el planteo judicial que derivó en la suspensión cautelar de la convocatoria al referéndum. Foto: Tania Domenicucci

La Justicia ordenó suspender la convocatoria al referéndum que debía realizarse el 8 de noviembre en Allen para definir la continuidad del intendente Marcelo Román. La decisión se debe a un defecto en el procedimiento utilizado por el Concejo Deliberante y no implica la anulación de la revocatoria ni de las firmas reunidas para impulsarla.

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El fallo fue dictado por un juez del fuero contencioso administrativo de Roca, que hizo lugar parcialmente a una medida cautelar solicitada por el intendente. Según la resolución, el Concejo debía convocar a la consulta popular mediante una ordenanza, pero lo hizo a través de una resolución.

El 15 de octubre, el cuerpo legislativo aprobó la Resolución 061/2026, con la que convocó a la Junta Electoral Municipal y fijó el referéndum para el 8 de noviembre. El magistrado consideró que esa decisión no podía tratarse como un asunto interno del Concejo, ya que se trata del ejercicio de una atribución legislativa prevista en la Carta Orgánica Municipal.

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El artículo 57 de esa norma establece que las disposiciones del Concejo deben adoptar la forma de ordenanza cuando crean obligaciones o imponen prohibiciones. Las resoluciones, en cambio, están reservadas para cuestiones de trámite interno.

Para el juez, utilizar una resolución para convocar al referéndum constituye un defecto grave que justifica suspender cautelarmente ese acto. También señaló que permitir que el procedimiento avanzara de esa manera podría generar posteriores planteos de nulidad.

La suspensión se mantendrá hasta que el Concejo Deliberante cumpla con el procedimiento establecido en la Carta Orgánica. El fallo no fijó una nueva fecha para la consulta.

Qué pidió Román y qué falta resolver

Román había acudido a la Justicia para solicitar la nulidad de las resoluciones y de todo lo actuado en el proceso de revocatoria. Después de que el Concejo convocara al referéndum, amplió su presentación para cuestionar también la Resolución 061/2026.

El intendente sostuvo que existieron irregularidades desde el inicio del procedimiento y advirtió que, si se realizaba la votación, una eventual sentencia favorable a su planteo podría llegar cuando ya hubiera sido desplazado del cargo.

Sin embargo, el juez no resolvió esos cuestionamientos de fondo. Su intervención se limitó a suspender la convocatoria por el instrumento utilizado por el Concejo.

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La resolución también dispuso dar traslado de la demanda a la Municipalidad de Allen, a través del Concejo Deliberante, que tendrá 30 días para responder, presentar sus defensas y ofrecer pruebas.

Antes de que la medida cautelar se haga efectiva, Román deberá prestar una caución personal, una garantía por la que se compromete a responder con su patrimonio ante eventuales daños derivados de la suspensión.

Una segunda decisión sobre el referéndum

La resolución judicial se conoce después de que la Junta Electoral Municipal informara que no podía organizar la votación para el 8 de noviembre por dificultades para obtener el padrón y los materiales electorales necesarios.

Esa postergación, anunciada la semana pasada, respondía a cuestiones organizativas. El nuevo fallo incorpora un impedimento judicial que deberá resolver el Concejo Deliberante para avanzar con la convocatoria.

El proceso de revocatoria había alcanzado las 4.771 firmas validadas, superando el 20% del padrón exigido por la Carta Orgánica Municipal. La decisión judicial no dejó sin efecto esas adhesiones ni resolvió si el procedimiento completo es válido.

Por ahora, la consulta popular continúa sin fecha y el expediente judicial seguirá su trámite en Roca.

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