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07/09/2026

Crimen del taxista de Allen: 12 años de prisión para Tamara Hernández por el homicidio de Ricardo Marín

La mujer reconoció su participación en el hecho durante un juicio abreviado y fue declarada culpable como coautora de homicidio en ocasión de robo. La familia de la víctima prestó conformidad con el acuerdo.
Tamara Hernández junto a su defensor oficial, Luis Carrera, durante el juicio abreviado realizado este lunes en Roca. Foto: Tania Domenicucci- ANR
Tamara Hernández junto a su defensor oficial, Luis Carrera, durante el juicio abreviado realizado este lunes en Roca. Foto: Tania Domenicucci- ANR

Por Candela Rossi Bustafán-Agustín Aroca

Tamara Hernández fue condenada este lunes a 12 años de prisión efectiva por el crimen de Ricardo Marín, el taxista de Allen asesinado en julio pasado. La sentencia fue dictada luego de un juicio abreviado en el que la mujer reconoció su participación en el hecho.

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Durante la audiencia, Hernández aceptó el hecho presentado por la fiscal Verónica Villarruel, la prueba reunida durante la investigación y la calificación legal de homicidio en ocasión de robo. El juez Gatti homologó el acuerdo alcanzado entre las partes y la declaró culpable en carácter de coautora.

Tamara Hernández reconoció su participación en el crimen del taxista de Allen y fue declarada culpable como coautora. Foto: Tania Domenicucci- ANR
Tamara Hernández reconoció su participación en el crimen del taxista de Allen y fue declarada culpable como coautora. Foto: Tania Domenicucci- ANR

 

Al comenzar la audiencia, Gatti le explicó a Hernández los alcances del juicio abreviado y le hizo saber que tenía derecho a rechazar el acuerdo y continuar hacia un juicio común, donde se produciría la prueba y podría resultar condenada o absuelta. La mujer manifestó que comprendía las alternativas y aceptó continuar mediante el procedimiento abreviado.

El crimen de Ricardo Marín

Al presentar el acuerdo, Villarruel volvió a describir el hecho por el que Hernández había sido imputada. La acusación ubicó el crimen entre las 13:15 del 8 de julio y las 18:35 del 10 de julio de 2026, en la vivienda de Ricardo Marín, en Allen.

Según el hecho expuesto por la fiscal y posteriormente reconocido por Hernández, la mujer ingresó a la vivienda junto con otro hombre con intenciones de apoderarse de elementos que se encontraban en el interior. Para entrar utilizaron un juego de llaves y no ejercieron fuerza sobre los accesos.

Una vez dentro de la casa encontraron a Marín con vida. De acuerdo con la acusación, lo redujeron mediante maniobras de estrangulamiento y le propinaron múltiples golpes en la cabeza, que le ocasionaron la muerte.

Luego se apoderaron de distintos elementos pertenecientes al taxista. Durante la audiencia se mencionaron un celular Samsung, una billetera con documentación y las llaves de un Peugeot 206 y de un Chevrolet Prisma, entre otros efectos.

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Villarruel calificó el hecho como homicidio en ocasión de robo y sostuvo la responsabilidad de Hernández en los términos de los artículos 45 y 165 del Código Penal.

Las pruebas que sostuvieron el acuerdo

La fiscal detalló ante el juez la evidencia reunida durante la investigación. Entre los elementos mencionó el informe médico sobre las lesiones que presentaba Marín, que daba cuenta, entre otras heridas, de un hundimiento de cráneo, además de distintos secuestros incorporados a la causa.

También enumeró los testimonios recabados durante la investigación, entre ellos el del hijo de Marín, que encontró a su padre; una hija de la víctima; un vecino; conocidos y compañeros taxistas.

El defensor oficial Luis Carrera manifestó que no tenía objeciones respecto de la descripción del hecho ni de la calificación legal planteada por la Fiscalía. También señaló que la Defensa había tenido acceso a la prueba y que Hernández conocía tanto la evidencia reunida en su contra como las alternativas que tenía frente al juicio abreviado.

Gatti se dirigió entonces directamente a Hernández y le preguntó si reconocía haber cometido el hecho en las circunstancias que acababa de describir la Fiscalía. La mujer respondió afirmativamente. También aceptó la prueba presentada y la calificación legal.

Culpable como coautora

Luego de deliberar, Gatti resolvió aceptar el acuerdo y declarar a Tamara Hernández culpable como coautora del delito de homicidio en ocasión de robo.

Al dar a conocer la decisión, el juez sostuvo que tanto la materialidad del hecho como la participación de Hernández se encontraban acreditadas por la cantidad y entidad de la prueba expuesta por Villarruel durante la audiencia, que no había sido objetada por Carrera y había sido aceptada por la Defensa.

Para homologar el acuerdo, Gatti también tuvo especialmente en cuenta la conformidad prestada por los familiares de Ricardo Marín con la forma en que se resolvió esta parte del proceso.

Una vez declarada la culpabilidad, la audiencia pasó inmediatamente a la etapa de cesura, destinada a determinar la pena.

El acuerdo por los 12 años de prisión

Villarruel recordó que el homicidio en ocasión de robo tiene prevista una pena de entre 10 y 25 años de prisión y solicitó que Hernández fuera condenada a 12 años de cumplimiento efectivo.

Al fundamentar el monto, la fiscal consideró a favor de Hernández que no registra antecedentes penales. Como circunstancias agravantes valoró las características del hecho y también conductas posteriores al crimen vinculadas con elementos utilizados para cometerlo y con bienes sustraídos a la víctima.

Carrera coincidió con la pena de 12 años de prisión solicitada por la Fiscalía. El defensor mencionó, entre otras circunstancias, la ausencia de antecedentes, la decisión de Hernández de asumir su responsabilidad, su nivel de escolaridad y su situación familiar.

Antes de resolver, Gatti volvió a dirigirse a Hernández. Le explicó que Fiscalía y Defensa proponían una pena de 12 años de prisión efectiva y le preguntó expresamente si estaba de acuerdo. La mujer respondió que sí y, al ser consultada sobre si quería agregar algo más, dijo que no.

El juez dispuso entonces un cuarto intermedio y, al regresar, dio a conocer la sentencia. Homologó el acuerdo y condenó a Tamara Hernández a 12 años de prisión efectiva, con accesorias legales y costas del proceso, como coautora del homicidio en ocasión de robo de Ricardo Marín.

Las partes renunciaron a los plazos de impugnación y consintieron la sentencia durante la propia audiencia. Gatti dispuso la firmeza del fallo y ordenó a la Oficina Judicial realizar el correspondiente cómputo de pena y las notificaciones previstas por ley.

Antes de finalizar, el juez volvió a dejar constancia de que los hijos de Ricardo Marín habían prestado conformidad con el acuerdo.

Por el crimen del taxista hay además otro hombre imputado, cuya situación procesal continúa por separado.

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