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JUDICIAL

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27/06/2026

Fue rechazado el planteo de Cristina Kirchner y sigue con las mismas restricciones en la prisión domiciliaria

Por mayoría, los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña resolvieron mantener el régimen vigente, al considerar que no existen circunstancias nuevas que justifiquen flexibilizar las condiciones de ejecución de la pena.

En un caso que ha captado la atención nacional, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal decidió mantener sin cambios las condiciones impuestas a la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner en su reevaluación de las condiciones de su prisión domiciliaria. Este fue el resultado de un recurso presentado por su defensa legal, que ha resultado insuficiente para alterar las medidas actuales.

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Cristina Fernández de Kirchner había solicitado, a través de su defensa, la flexibilización de ciertos aspectos de su detención domiciliaria. Entre las peticiones se incluía la eliminación del requisito de autorización previa para las visitas, la suspensión del uso de la tobillera electrónica, y la liberalización de las restricciones horarias para el uso de las instalaciones comunes en su lugar de residencia.

Argumentaban que Fernández de Kirchner había cumplido rigurosamente con las reglas impuestas durante un año y, por tanto, merecía beneficiarse del principio de progresividad que, en teoría, debería suavizar las restricciones con el tiempo.

Sin embargo, el tribunal reafirmó que la diligencia en el cumplimiento de las reglas existentes no justifica, por sí sola, una relajación de las mismas. La prisión domiciliaria, recuerda el juez Gustavo Hornos en el fallo, es una alternativa excepcional y no un derecho inalterable. Bajo esta premisa, las condiciones de tal modalidad deben mantenerse estrictas y controladas.

Las prohibiciones vigentes en torno a las visitas fueron consideradas razonables y necesarias por la Cámara, observando que aseguran el cumplimiento adecuado de la pena y su propósito de resocialización. A su vez, la tobillera electrónica sigue considerándose una medida de control estándar, no dependiente de la existencia de un riesgo inmediato de evasión.

Aunque no todos los jueces de la Cámara compartieron la misma perspectiva sobre la necesidad de mantener inalteradas las condiciones, la mayoría, integrada por Hornos y el juez Diego Barroetaveña, no vio motivo para alterar las reglas vigentes. El juez Mariano Borinsky sí mostró apoyo para una flexibilización, pero su voto fue minoritario, lo que dejó la sentencia sin alteraciones.