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19/05/2026

Condenaron a un ex entrenador y al Club Deportivo Roca a pagar $41 millones por un caso de abuso sexual

La Justicia rechazó el planteo de prescripción y responsabilizó también a la institución deportiva. El fallo habló de relaciones de poder, advertencias ignoradas y un “silencio institucional” que permitió que el entrenador continuara en un lugar de autoridad.
La Justicia Civil de Roca condenó al exentrenador y también al Club Deportivo Roca por los daños derivados del caso. Foto: archivo ANR
La Justicia Civil de Roca condenó al exentrenador y también al Club Deportivo Roca por los daños derivados del caso. Foto: archivo ANR

La Justicia Civil de Roca condenó a un ex entrenador y al Club Social y Deportivo General Roca a pagar de manera solidaria $41 millones más intereses por los daños derivados de un caso de abuso sexual sufrido por una adolescente que integraba el equipo femenino de la institución deportiva.

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La sentencia, firmada este 18 de mayo, rechazó los planteos de prescripción del exentrenador y del club. Para la jueza, la adolescente recién pudo exteriorizar lo ocurrido años después por la relación de poder y dominación que existía entre ella y el profesor.

El fallo civil se dictó luego de la condena penal firme contra Guido Gadañotto, quien recibió una pena de seis años y nueve meses de prisión efectiva por abuso sexual agravado por aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima y por haber estado encargado de su formación deportiva.

En la resolución, la jueza analizó no solo la conducta del entrenador sino también el rol institucional del club y la falta de reacción frente a situaciones que, según distintos testimonios valorados en la causa, ya generaban preocupación dentro del ámbito deportivo.

La magistrada sostuvo que el vínculo abusivo fue posible por el lugar de autoridad y referencia que Gadañotto ocupaba dentro de la institución, donde dirigía al equipo femenino, organizaba viajes y tenía una fuerte influencia sobre las jugadoras.

Uno de los tramos más duros del fallo señala que para muchas adolescentes “a Guido Gadañotto no se le podía decir que no”, en referencia al temor, la dependencia deportiva y la manipulación que ejercía sobre las jugadoras.

La jueza también valoró declaraciones de exjugadoras, dirigentes y personas vinculadas al club que hablaron sobre advertencias previas, rumores y conductas inapropiadas que —según la sentencia— no fueron abordadas institucionalmente. Entre ellas, una exempleada aseguró haber advertido años antes sobre situaciones vinculadas al entrenador y menores de edad dentro de instalaciones del club.

Otro de los ejes centrales de la resolución fue el análisis sobre el llamado “silencio institucional”. El fallo menciona una dinámica de tolerancia, omisiones y falta de reacción frente a señales de alerta que permitieron que el entrenador continuara ocupando un lugar de poder dentro del deporte femenino de la institución.

La magistrada remarcó además que no podía analizarse el caso como una relación entre pares o estrictamente privada, ya que existía una marcada diferencia de edad, autoridad y poder entre el entrenador y la adolescente. En esa línea, la sentencia incorporó perspectiva de género y normativa nacional e internacional vinculada a violencia contra mujeres, niñas y adolescentes.

Además de la indemnización económica, la Justicia ordenó medidas de prevención y no repetición.

En el caso de Gadañotto, deberá realizar capacitaciones vinculadas a género, masculinidades y violencia. Al Club Deportivo Roca se le ordenó desarrollar programas de formación para dirigentes, entrenadores y personal de la institución, además de elaborar protocolos específicos para detectar y abordar situaciones de violencia de género en ámbitos deportivos.

La sentencia también dispuso que el club deberá formular un pedido de disculpas, previa consulta y escucha de la víctima.

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