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REVISIÓN DE CASACIÓN

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30/04/2026

Revisarán si el atentado contra Cristina Kirchner debe ser considerado un femicidio

Con el voto de los jueces Alejandro Slokar y Guillermo Yacobucci, Casacion hizo lugar al recurso de queja y habilitó la revisión para determinar si existió femicidio.

En una decisión que podría sentar un precedente importante en la jurisprudencia del país, la Cámara Federal de Casación Penal ha decidido reabrir el expediente que condena a Fernando Sabag Montiel y Brenda Uliarte por el intento de asesinato de la exvicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner. Esta vez, el tribunal se enfocará en determinar si el acto puede clasificarse bajo los parámetros de violencia de género, abriendo la puerta a la posibilidad de considerarlo un caso de femicidio, una decisión que refleja la creciente atención hacia los temas de género y su impacto en el marco legal.

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La resolución, discutida y votada por los jueces Alejandro Slokar y Guillermo Yacobucci, responde a un recurso de queja emitido por el Ministerio Público Fiscal. Este recurso busca incluir la perspectiva de género en la evaluación del intento de magnicidio, un aspecto que hasta ahora no ha sido considerado por el tribunal oral anterior.

Los acusados habían sido sentenciados previamente a penas de 10 y 8 años de prisión, respectivamente. El tribunal los culpó de intento de homicidio agravado por el uso de un arma de fuego. Sin embargo, el fallo fue impugnado por la fiscal Mariela Labozzetta, cabeza de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM). Según Labozzetta, el caso debe reubicarse dentro del contexto de violencia de género.

De acuerdo a la argumentación presentada por la fiscal, la agresión contra Fernández de Kirchner no ocurrió en aislamiento. Fue el resultado de un clima político hostil, caracterizado por el constante hostigamiento mediático hacia su persona. Para la UFEM, este ambiente creado en torno al género de la exmandataria no solo proporciona indicios, sino que establece el marco necesario para reclasificar este ataque como femicidio.

Por su parte, la fiscal Gabriela Baigún ha insistido en que el episodio cumple con las características de homicidio triplemente agravado: premeditación, empleo de violencia de género en su expresión política y uso de arma de fuego. Esto fundamenta la necesidad de discutir un encuadre penal más severo y ajustado a las leyes en evolución sobre violencia de género en ámbitos políticos.

El fiscal ante Casación, Mario Villar, será ahora responsable de presentar un nuevo análisis que tome en cuenta estos aspectos, lo que podría llevar a un cambio en las sentencias impuestas anteriormente y abrir un diálogo importante sobre cómo el sistema judicial debe manejar casos que cruzan tanto líneas de justicia penal como de equidad de género.