Publicidad
 
03/07/2025

Volvió tras su licencia por embarazo y la despidieron: la Justicia ordena pagarle una cifra millonaria

La Cámara Laboral de Roca condenó a una clínica privada por el despido indirecto de una trabajadora.
La mujer cursaba un embarazo de alto riesgo y cuando volvió de la licencia dejaron de darle tareas. Foto (ilustrativa).
La mujer cursaba un embarazo de alto riesgo y cuando volvió de la licencia dejaron de darle tareas. Foto (ilustrativa).

Una enfermera con más de nueve años de antigüedad fue despedida de forma indirecta tras volver de su licencia por embarazo de alto riesgo en la clínica privada San Cirano de Roca. De acuerdo al fallo, la relación laboral comenzó en julio de 2012 y se desarrollaba en turnos rotativos de ocho horas diarias, de lunes a domingo. Deberán indemnizarla con un monto que supera los dieciocho millones de pesos ($18.489.396,63 con intereses y actualizaciones al momento de la sentencia).

Lee además: Un banco deberá pagar una suma millonaria a una vecina de Roca por una deuda de tarjeta que nunca contrató

En junio de 2021, la trabajadora notificó formalmente su estado de embarazo de alto riesgo, con fecha probable de parto para diciembre, y obtuvo la licencia correspondiente. Durante ese período, la empresa dejó de pagarle salarios con regularidad, adeudando sueldos de septiembre y octubre de 2021 y parte del período de licencia anual en febrero de 2022.

 

Cuando intentó reincorporarse el 23 de mayo de 2022, la clínica le comunicó una supuesta suspensión por reducción de pacientes y le negó tareas. Ante la falta de respuesta a sus intimaciones para aclarar la situación y saldar las deudas salariales, la trabajadora se consideró despedida de forma indirecta el 4 de julio de 2022.

Con el patrocinio del abogado Omar Jurgeit, inició la demanda laboral que derivó en el fallo de la Cámara Segunda del Trabajo de Roca, dictado el 3 de junio de 2025. La sentencia, con voto principal de la jueza Daniela Perramón, declaró probado que la empresa incurrió en incumplimientos graves: adeudaba sueldos, no respondió a las intimaciones y forzó con sus actos la ruptura del vínculo.

El tribunal destacó que el despido ocurrió dentro del período de protección legal por maternidad previsto en la Ley de Contrato de Trabajo, que presume que las desvinculaciones en ese lapso están vinculadas al embarazo.

La condena incluye el pago de indemnizaciones por antigüedad, preaviso, integración del mes de despido, vacaciones no gozadas, salarios impagos y la indemnización agravada por embarazo. El monto reconocido supera los dieciocho millones de pesos ($18.489.396,63 con intereses y actualizaciones al momento de la sentencia).

El tribunal subrayó además que la empresa fue declarada en rebeldía procesal al no presentarse a contestar la demanda, generando la presunción de veracidad sobre los hechos relatados por la trabajadora.

En su argumentación, la sentencia citó tratados internacionales y leyes nacionales que prohíben el despido por embarazo y buscan proteger la estabilidad laboral de las mujeres, como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Ley de Protección Integral de las Mujeres y la Convención de Belém do Pará.

Además, se ordenó a la empresa entregar en un plazo de noventa días los certificados laborales y de servicios, bajo apercibimiento de aplicar sanciones económicas en caso de incumplimiento.

¿Cuál es tu opinión sobre la nota?