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29/05/2025

Nunca entregaron las ventanas: condenaron a una empresa de Roca a pagar $35 millones a una familia

La firma incumplió dos veces el compromiso de entrega de 22 aberturas de aluminio, lo que paralizó por completo una obra.
La obra quedó paralizada y la familia debió iniciar una demanda civil contra la fabrica. Foto (ANR).
La obra quedó paralizada y la familia debió iniciar una demanda civil contra la fabrica. Foto (ANR).

Un vecino de Roca inició la construcción de su casa familiar y cuando llegó el momento de colocar las aberturas, contrató a una empresa local, firmó el acuerdo y pagó por adelantado un total de 22 ventanas de aluminio. Pero las aberturas nunca llegaron, y la obra quedó paralizada por completo.

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Ahora, el juzgado Civil y Comercial Nº 5 condenó a la firma de Roca a pagarle al damnificado más de 35 millones de pesos, en concepto de daño directo, daño emergente, privación de uso y daño moral.

El hombre contrató a una empresa con la esperanza de cerrar su vivienda y avanzar con los servicios básicos para poder habitarla lo antes posible. Un empleado de la firma se presentó en la obra para tomar las medidas y formalizar la compra. También se pagaron por adelantado los costos de instalación, aunque no estaban incluidos en el contrato original.

Pasaron seis meses y las ventanas no llegaron. La empresa tampoco ofreció una respuesta clara, por lo que el consumidor envió una carta documento y solicitó una instancia de mediación.

Durante la audiencia, la empresa se comprometió a volver a relevar la obra y entregar el pedido completo en 30 días, incluso con instalación bonificada. Pero volvió a incumplir.

La respuesta del vecino fue otra carta documento, con la que dio por disuelto el contrato e inició una demanda civil por daños y perjuicios. Reclamó el reintegro del dinero, intereses y compensación por todo el perjuicio ocasionado.

En el juicio, la empresa intentó defenderse alegando que el cliente no había pagado la totalidad del servicio y que la obra no estaba en condiciones al momento del primer compromiso. Sin embargo, el juez consideró probado que la firma incumplió sus obligaciones, y respaldó al consumidor con base en lo establecido por la Ley de Defensa del Consumidor.

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