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16/01/2025

Proteccionistas de Roca piden respetar la ordenanza de pirotecnia durante el Mundialito

Reclaman que se garantice el cumplimiento de la prohibición de pirotecnia sonora en el evento deportivo, recordando la importancia de proteger a animales y personas vulnerables.
En la ciudad solo la pirotecnia lumínica está permitida. (Foto gentileza)
En la ciudad solo la pirotecnia lumínica está permitida. (Foto gentileza)

En la previa del Mundialito Infantil de Clubes de Fútbol, que se llevará a cabo del 22 de enero al 2 de febrero en el estadio Luis Maiolino de General Roca, desde la organización proteccionistas de animales de la ciudad hicieron un llamado público para garantizar el cumplimiento de la ordenanza que prohíbe el uso de pirotecnia sonora en la ciudad.

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“Pedimos que respeten la ordenanza sobre la prohibición de pirotecnia sonora. Han habido ‘sorpresas’ en los últimos dos años”, expresaron desde RANHU- RESCATE ANIMAL NO HUMANO, en un comunicado compartido en redes sociales. Las organizaciones trajeron a discusión nuevamente a debate, la normativa que busca proteger no solo a los animales, sino también a personas sensibles al ruido, como niños, adultos mayores y personas con ciertas condiciones de salud.

El pedido surge luego de episodios registrados en ediciones anteriores del torneo, donde se denunció el uso de pirotecnia sonora pese a la vigencia de la normativa. “¿Está muy mal que recordemos la ordenanza?”, plantearon las proteccionistas, enfatizando la importancia de generar un ambiente inclusivo y seguro para todos durante el evento.

Hasta el momento, no se han emitido declaraciones oficiales por parte de los organizadores del evento respecto al pedido.

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Prohibición del uso de pirotecnia en Roca

Desde 2022, en General Roca rige la Ordenanza Nº 4919/20, que prohíbe la venta y el uso de pirotecnia sonora para reducir los riesgos que esta genera en personas, animales y el ambiente. En la ciudad existen cinco locales habilitados para la venta de pirotecnia luminosa. 

Esta normativa responde al pedido de la comunidad, dado el impacto negativo de los estruendos en mascotas, que pueden sufrir daños, accidentes o pérdidas, y en personas con sensibilidad auditiva, especialmente aquellas con TEA (Trastorno del Espectro Autista), Síndrome de Down o TGD (Trastorno Generalizado del Desarrollo).

El incumplimiento de la ordenanza conlleva multas económicas. A continuación, se detallan las sanciones:

  • Uso o entrega de pirotecnia sonora: multa de 300 a 500 USAM ($180.000 a $300.000 según tarifaria vigente al 04/11/2024), agravada si se utiliza cerca de centros de salud, geriátricos, escuelas, funerarias o estaciones de combustible.
  • Venta de pirotecnia sonora sin habilitación: multa de 500 a 1000 USAM ($300.000 a $600.000) y clausura del local.
  • Fabricación, venta mayorista, minorista o ambulante de pirotecnia sonora y globos aerostáticos: multa de 1000 a 10.000 USAM ($600.000 a $6.000.000) y clausura del establecimiento.

Para realizar denuncias sobre el uso, venta y depósitos de pirotecnia sonora, los vecinos y vecinas pueden comunicarse con Inspección General, al teléfono 4431400 interno 2120, de lunes a viernes de 7 a 20 o mediante un mail a [email protected].  Durante los fines de semana o fuera del horario indicado pueden asentarse las denuncias al mismo número de telefónico.

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