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24/09/2024

Urgente: pidieron la “inmediata detención” de Chucky Velázquez, el femicida que regresó a la región

En enero de 2023 la justicia lo expulsó del país y dio por cumplida la pena. Al reingresar al territorio nacional, se debe revisar su situación.
Velázquez Barrientos, de 44 años, fue juzgado y condenado a prisión perpetua por el femicidio de Agostina Massina . Foto (Gentileza).
Velázquez Barrientos, de 44 años, fue juzgado y condenado a prisión perpetua por el femicidio de Agostina Massina . Foto (Gentileza).

La justicia rionegrina ordenó la “inmediata detención” de Alex Hernán Velázquez Barrientos, quien habría regresado a la región luego de ser expulsado del país. El juez de ejecución penal Fernando Romera dispuso que debe ser puesto a disposición de su juzgado para luego evalur su situación procesal.

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Velázquez Barrientos, de 44 años, fue juzgado y condenado a prisión perpetua por el femicidio de Agostina Massina de más de de 20 puñaladas; hecho ocurrido el 21 de enero de 2009. Por ser ciudadano chileno, en enero del año pasado, en un trámite “expres”, se le concedió el beneficio de expulsión del país. Eso, en la práctica, significó su liberación ni bien traspuso los límites de la Aduana.

Ahora, el juez Romera tomó en consideración el pedido de la fiscalía, ya que “de comprobarse que Velazquez Barrientos regresó al paìs se debe dejar sin efecto” la resolución anterior. Y en ese sentido, pidió la colaboración de la justicia de la vecina provincia. Tuvo en consideración las versiones que señalan que el femicida estaría radicado en la zona de la meseta de Neuquén capital. Un sector de viviendas precarias, donde encuentran refugio muchas familias que no tienen otro lugar donde vivir.

 

Agostina Mazzina fue asesinada de más de 20 puñaladas mientras dormía en su vivienda de Fernández Oro. Foto: archivo.

Tras la expulsión del país, la justicia consolidó esa actuación declarando “por cumplida la pena”. Una medida que tiene por contrapartida la prohibición de regresar al territorio argentino.

Pero ante la información de que habría regresado, dispuso una reevalación de la situación. Es que esa resolución estaba sujeta a la condición de que “se mantenga el cumplimiento de la prohibición de reingreso al país”. Una situación que en este caso en particular “no tiene fecha de vencimiento”, explicó el juez de Ejecución Penal.

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Romera agregó que la figura del “extrañamiento” es “un acto complejo que se perfecciona y completa cuando se cumple la prohibiciòn de reingresar al país”. De otra manera, “ las razones de seguridad y polìtica migratoria que fundan dicho instituto, se verìan anuladas, sòlo se tratarìa de un acto formal sin ninguna consecuencia”.

 

 

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