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RUTAS

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17/06/2024

Por el feriado rige la restricción de camiones en las rutas, ¿en qué horario?

Las medidas son establecidas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV)
Por el feriado rige la restricción de camiones en las rutas, ¿en qué horario?
Por el feriado rige la restricción de camiones en las rutas, ¿en qué horario?

Este lunes 17 de junio, Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes, va a regir en rutas nacionales la prohibición de camiones para facilitar el tránsito vehicular y prevenir congestiones en las rutas. Las medidas son establecidas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).

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Este lunes, se prohíbe la circulación de camiones en las Rutas Nacionales N.º 22, 151 y 40. Esta medida busca garantizar una mayor fluidez en el tráfico, sumado al aumento significativo de vehículos a causa de la Fiesta Nacional de la Confluencia.

En la Ruta Nacional 22 y la Ruta 40, la prohibición para vehículos de categoría N2, N3, O, O3 y O4 será desde las 18:00 hasta las 20:59 horas. En cuanto a la Ruta Nacional 151, las restricciones serán para ambos sentidos de circulación desde Santa Isabel hasta Puente Dique 25 de Mayo, en el horario de 18:00 a 20:59 horas.

Es importante tener en cuenta que algunas categorías de transporte están exentas de estas restricciones, incluyendo:

  • Transportes de leche cruda, sus productos derivados y envases asociados.
  • Transporte con animales vivos.
  • Productos frutihortícolas en tránsito.
  • Exclusivos de prensa y unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales.
  • Cisterna de traslado de combustibles, gas natural comprimido y gas licuado de petróleo.
  • Transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliarias; en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos.
  • Transporte de medicinas.
  • Transporte a disposición final de residuos sólidos urbanos.
  • Transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial.
  • Transporte de sebo, huesos y cueros.

Atención de emergencias.

  • Asistencia de vehículos averiados o accidentados en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío.
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