12/01/2024

Habilitan feria judicial por inconstitucionalidad del protocolo antipiquetes

La Cámara Nacional habilitó la feria por acción de legisladora contra el protocolo antipiquetes.

Habilitan feria judicial por inconstitucionalidad del protocolo antipiquetes

Luego de la presentación realizada por la legisladora María Celeste Fierro del MST (Movimiento Socialista de los Trabajadores), la Cámara Nacional de Apelaciones Contencioso Administrativo Federal resolvió habilitar la feria judicial para tratar la acción de inconstitucionalidad presentada contra el protocolo antipiquetes del Ministerio de Seguridad a cargo de Patricia Bullrich.

Fierro, legisladora del MST en el Frente de Izquierda Unidad y autoridad del partido Nueva Izquierda Distrito Capital Federal, presentó un planteo argumentando que el protocolo "amenaza derechos políticos" y limita los derechos constitucionales de reunión, peticionar a las autoridades y la libertad de expresión, penalizando la ocupación del espacio público en forma de manifestación pacífica.

En su resolución, la Cámara de Apelaciones estableció que la competencia para intervenir en el caso corresponde a la Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal. Los jueces de la sala A de feria consideraron que los argumentos presentados por Fierro revisten suficiente entidad como para habilitar la feria judicial, ya que la demora en la tramitación de la causa durante el receso de enero podría frustrar derechos constitucionales.

El protocolo antipiquetes del Ministerio de Seguridad establece que las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales podrán intervenir en casos de impedimentos al tránsito de personas o medios de transporte, cortes parciales o totales de rutas nacionales y otras vías de circulación sujetas a la jurisdicción federal, incluso en territorios provinciales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Esta intervención no requiere orden judicial y está respaldada por el artículo 194 del Código Penal Nacional, que considera como delito flagrante el obstaculizar el tránsito.

Por su parte, los jueces destacaron que el caso tiene una clara naturaleza penal, ya que se vincula directamente con la actuación de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales en situaciones de "delito flagrante". En consecuencia, se determinó que la Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal será competente para entender en las presentes actuaciones.

El planteo del MST, que incluye la solicitud de una medida cautelar para evitar la aplicación del protocolo en posibles protestas callejeras, había pasado previamente por juzgados de los fueros electoral, contencioso-administrativo y criminal y correccional, los cuales se declararon incompetentes.

Con esta resolución de la Cámara Nacional, se abre la posibilidad de un extenso debate sobre la constitucionalidad y legalidad del protocolo antipiquetes, y la intervención de la Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal será determinante para el futuro de esta medida implementada por el Ministerio de Seguridad.

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