30/05/2023

Una jóven pidió cobrar su cuota alimentaria ya que su padre y madre no se hacen cargo

Una jóven pidió cobrar su cuota alimentaria ya que su padre y madre no se hacen cargo

Una joven de 19 años que no convive con sus progenitores y se encuentra culminando sus estudios secundarios, se presentó en el Ministerio Público para solicitar una cuota alimentaria a su favor con el objetivo de poder sostener su calidad de vida diaria y ver garantizados sus derechos.

Su situación familiar y la necesidad de encontrar una solución, la llevó a acercarse a la Defensa Pública rionegrina e intentar obtener una prestación alimentaria por parte de su madre y también recibir la que le correspondía por su padre.

Los hijos e hijas de progenitores que atraviesan un reclamo alimentario, u otro tipo de reclamo, tienen y pueden ejercer su derecho a buscar asesoramiento y patrocinio en la defensa pública”, explicaron desde el organismo.

“A veces sus ingresos se distribuyen sin discernimiento ni equilibrio, si bien el dinero correspondiente a la cuota alimentaria es, en la mayoría de los casos, percibido por quienes realizan el reclamo, en este caso al residir la joven en otro domicilio, fue ella quien requirió asumir el manejo de dichos fondos, en el porcentaje que le correspondía”, aclara la defensora.

“Por ello recurrió a nosotros, además está estudiando, y si bien intenta generar ingresos con changas, eso no es suficiente”, describe quien representa a la joven en este proceso.

Puntualmente, en esta situación se continúa el trámite iniciado contra el progenitor, y se inicia otro contra la progenitora, ya que en este caso a ambos les corresponde asumir la obligación alimentaria.

En el expediente se fijó un porcentaje a su favor, que percibiría de manera directa, ya que se buscó determinar que se encuentra en condiciones de asumir el manejo de dicho dinero, teniendo presente variables como la de su edad.

“El Código Civil establece que los alimentos son obligatorios hasta los 21 años, con posterioridad a dicha edad, hay que demostrar otros extremos, como por ejemplo que el hijo o la hija que estudia no puede trabajar por la carga horaria de la Universidad, regularidad en el estudio y demás. En este caso, lo que buscamos es que la joven pueda administrar por su cuenta ambas prestaciones alimentarias, originadas a partir de la obligatoriedad que pesa sobre su padre y su madre en este aspecto, asumiendo la administración, máxime considerando que no vive con ninguno de los progenitores y de esa manera evitar otro tipo de conflictiva familiar”, culminó la defensora, quien aclaró que resta conocerse la resolución de la Jueza interviniente en el expediente.

¿Dónde puedo dirigirme si necesito ayuda con una temática similar?

Las personas pueden acercarse al Centro de Atención de la Defensa Pública (CADEP) más cercano al domicilio. En el caso de General Roca, las oficinas se encuentran en el 1° piso de San Luis 853 (Ciudad Judicial).

También hay oficinas en Cipolletti, Villa Regina, Choele Choel, Viedma y Bariloche. Los domicilios y contactos telefónicos pueden encontrarse en este link

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