02/08/2022

Quedó sordo por un accidente laboral y la empresa lo despidió: tendrán que indemnizarlo

Quedó sordo por un accidente laboral y la empresa lo despidió: tendrán que indemnizarlo

La justicia laboral falló a favor de un trabajador que tras un accidente de trabajo sufrió una incapacidad del 74 %. La empresa lo despidió por no poder cumplir sus funciones y ahora recibirá una indemnización de 5 millones de pesos.

El hombre se desempeñaba como chofer de una empresa cuando el camión que manejaba fue embestido por otro vehículo. Sufrió traumatismo de cráneo y cortes varios y tuvo que ser internado. Finalmente, se le diagnosticó hipoacusia neurosensorial bilateral y alteración del equilibrio Grado III: tiene dificultades para mantener el equilibrio con los ojos cerrados, por lo que no puede volver a manejar. Para la Junta Médica, la incapacidad laboral consecuente fue del 74,26%.

El trabajador tenía 36 años al momento del incidente y el fallo judicial de la Cámara Laboral de Cipolletti fijó una indemnización de 4.879.323,55 de pesos. La condena recayó sobre Experta Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

Los estudios médicos realizados luego del accidente, demostraron que padecía una hipoacusia con mareos y vértigos. Desde entonces su marcha solo es posible con apoyo de bastón y posee gran dificultad para mantener el equilibrio con los ojos cerrados.

Cuando recibió el alta, no aprobó el examen psicofísico para retomar las tareas por su trastorno de equilibrio y entonces fue despedido de la empresa.

En ese momento la ART lo indemnizó por 4.632.455,88 de pesos. Pero después promovió el juicio laboral. Entonces el trabajador fue sometido a nuevas pericias pero la ART impugnó los dictámenes.

El tribunal sostuvo que el dictamen de la comisión médica en sede administrativa y la pericia médica judicial fueron coincidentes en afirmar que el trabajador, como consecuencia del infortunio laboral, presenta incapacidad, permanente y definitiva por hipoacusia neurosensorial bilateral y alteración del equilibrio Grado III.

La Cámara Laboral determinó el porcentaje de la incapacidad en 74,26%. Valoró la gravedad de su minusvalía y secuela permanente, definitiva e irreversible, y que está imposibilitado de continuar realizando lo que eran sus tareas habituales y a lo que se dedicaba en el plano laboral, que eran labores como chofer.

Sobre la base de esas conclusiones y en función de la fórmula matemática aplicable al caso el tribunal fijó una nueva indemnización de 4.879.323,55 de pesos.

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