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TIENE UNA “DEPRESIÓN MODERADA” Y LE DIERON PRISIÓN DOMICILIARIA

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07/06/2022

¿El odontólogo abusador puede ir a una cárcel común de Río Negro?

¿El odontólogo abusador puede ir a una cárcel común de Río Negro?
¿El odontólogo abusador puede ir a una cárcel común de Río Negro?

El caso que se ventiló ayer en el Juzgado Penal de Cipolletti dejará material para cortar durante un buen tiempo. ¿Están las cárceles rionegrinas lo suficientemente preparadas como para recibir a un paciente psiquiátrico? Según el criterio de la mayoría del Tribunal, no es así. Por lo menos, antes de que la sentencia sea definitiva.

Se trata de la causa contra el odontólogo Mariano Márquez, que fue considerado culpable del delito de abuso sexual en dos instancias y condenado a siete años y medio de prisión. Como sus abogados apelaron la medida, no se encuentra firme. De allí que el debate se centró en qué hacer con el dentista: mandarlo a la casa con una tobillera electrónica o enviarlo a una cárcel del sistema penitenciario provincial.

Para la justicia, el análisis se complica por el cuadro de “depresión moderada” constatada por el psiquiatra forense. Se caracteriza por una situación de una tristeza profunda, con un discurso de congoja y una expresión física que se revela en un temblor incontinente que lo atraviesa por todo el cuerpo. Así lo certificó Euler Dulbecco, el profesional del Poder Judicial que además es profesor de la Facultad de Medicina.

Durante las tres horas que duró la audiencia, Márquez permitió semiagazapado en su silla, con la cabeza hacia abajo, meciéndose por momentos, temblando durante varios pasajes. En frente de él estaba su víctima y denunciante. Al costado, los familiares: la esposa y su hermano.

“No está mintiendo”, sostuvo Dulbecco, porque no se puede sostener una situación así ante diferentes estímulos. ¿Qué remedios debe tomar?, preguntó el defensor Pablo Iribarren. “Un antidepresivo, un hipnótico, un ansiolítico y un antipsicótico”, reveló el médico. Para el ex juez devenido en abogado particular, eso era motivo a considerar: sostiene la hipótesis de que Márquez no puede recibir el tratamiento necesario en una cárcel común y necesita del apoyo familiar.

El psiquiatra “no conoce el estado de una cárcel rionegrina”, cuestionó Iribarren. Su línea de defensa pasaba por demostrar que el sistema penitenciario no está en condiciones de recibir y tratar correctamente a Márquez, lo que incrementa el riesgo para su vida.

Durante su testimonio, Dulbecco había descalificado la pericia psiquiátrica aportada por la defensa ya que consideró que “no pueden existir dobles diagnósticos” y no se basaba en criterios científicos. Pero además introdujo otro elemento: “cualquier persona frente a un riesgo de perder su libertad tiene una respuesta determinada. En este caso, su depresión tiene que ver con esa posibilidad cierta”. Y agregó que su tratamiento debería pasar por una vinculación de “resiliencia” que le permita asumir la situación que atraviesa.

Los dos jueces varones, Marcelo Gómez y Julio Sueldo, votaron por mantener la situación de detención domiciliaria que ya viene registrando. Consideraron que debido al estado de salud del odontólogo, se necesitaba de un tratamiento específico que sólo se puede brindar en domicilio. Eso sí: agregaron dos visitas diarias y sorpresivas de una guardia policial para verificar su presencia en el hogar.

En cambio, la jueza Florencia Caruso fue más dura: cree más conveniente que se lo interne en una unidad penal, e hizo suyo una de las definiciones del psiquiatra. En un proceso judicial, el razonamiento de que “la causa de su depresión es la posibilidad de perder la libertad” no puede ser válido.

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