25/01/2022

Derechos del Consumidor: En la región los juicios son gratuitos, incluso cuando se “pierden”

Derechos del Consumidor: En la región los juicios son gratuitos, incluso cuando se “pierden”

En Río Negro los particulares que efectúan una demanda en una relación de consumo tienen el beneficio de acceso a justicia gratuita, tal como está estipulado en la Ley de Defensa del Consumidor. Un fallo del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de 2017 se pronunció en ese sentido y el criterio fue ratificado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2019.

El STJ estableció que el beneficio de gratuidad alcanza no sólo a las tasas de justicia, sino también a las costas del proceso. Para los consumidores y usuarios, esto se traduce en que no deben abonar tasas, sellados ni honorarios de la contraparte, incluso si el juicio tiene una resolución desfavorable a su demanda.

El máximo tribunal provincial se hizo eco en ese fallo del criterio que ya por entonces sostenía la Corte sobre la gratuidad, asegurando que con ese beneficio se buscó “establecer un mecanismo eficaz para la protección de los consumidores, evitando que obstáculos de índole económica pudieran comprometer su acceso a la justicia y, en consecuencia, privarlos de la efectiva tutela de los derechos”.

El artículo 53 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor prevé que “las actuaciones judiciales que se inicien de conformidad con la presente ley en razón de un derecho o interés individual gozarán del beneficio de justicia gratuita...”.

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