También asaltó a una pareja y los obligó a desnudarse

| 12/06/2021

Abusó sexualmente de una mujer y le dieron solo 8 años de prisión

Abusó sexualmente de una mujer y le dieron solo 8 años de prisión

El hombre acusado de abusar sexualmente de una mujer en la zona del canal grande y Ruta 6 en el año 2019, recibió una pena de 8 años y 9 meses de prisión de cumplimiento efectivo.

Previo a la sentencia, la Fiscalía como parte acusadora y la defensa penal de menores, presentaron una propuesta de acuerdo pleno, que fue aceptada por la víctima. En base a esto, el Tribunal resolvió dictar sentencia.

Durante la audiencia realizada por zoom, se leyeron las pericias realizadas al hombre y los resultados del programa al que fue sometido por orden de la justicia.

En esa audiencia, se hizo mención a los antecedentes de otra condena que pesa sobre el hombre, en relación a un hecho de diciembre del 2020, posterior al abuso por el cual ahora fue condenado. Hace seis meses, el joven atacó a una pareja en el Aeropuerto, les robó los teléfonos y los obligó a desnudarse.

De acuerdo a lo que establece el Código de Procedimiento Penal, en el contexto de un acuerdo abreviado pleno, la pena dictada se unificó y comprende ambos legajos (los dos hechos por los que se juzga al hombre). Esto quiere decir que la pena incluye el abuso cometido en el año 2019 cuando era menor de edad y el ataque a la pareja ocurrido en diciembre de 2020.

La pena establecida de 8 años y 9 meses de prisión efectiva, contó con el consentimiento del acusado y ya la está cumpliendo. Cabe aclarar que de acuerdo a la ley vigente y jurisprudencia en materia penal Juvenil la pena en este caso fue del mínimo legal.

Así mismo se ordenó que el joven reciba tratamiento psicológico.

“Como el acusado era menor de edad al momento de los hechos, a la hora de imponer la pena se tuvieron en cuenta los parámetros que establece el plexo penal juvenil, en especial los de la Convención de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente, la Ley 22.278, la Ley 26.061, la Ley Provincial 4.109, para concluir que era merecedor de pena”, informaron desde el Ministerio Público.

“La víctima del hecho fue asistida durante todo el proceso penal por las profesionales de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI) y por la fiscalía específica de la temática, y en ese marco se le explicaron los alcances del acuerdo, y la señora comprendió y aceptó la pena, requisito necesario para este procedimiento”, señalaron.

“Cabe señalar que le asisten al joven en el día de hoy los derechos que tuviera en su calidad de imputado menor de edad, por lo que se encuentra prohibido publicar datos, fotografías o cualquier tipo de información que de lugar a su identificación según la dispuesto por la Ley 4.109”, indicaron.

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