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| 07/06/2021

Prohibieron la venta de test rápidos de COVID 19

Prohibieron la venta de test rápidos de COVID 19

El Ministerio de Salud provincial prohibió la venta en toda farmacia y local de los tests rápidos para detectar el COVID 19. La medida fue dispuesta por la Ley N° 5436/20.

Esta resolución deja establecido que los test para COVID-19 son únicamente de uso profesional exclusivo y excluyente, y solo deben realizarse en laboratorios de análisis clínicos o instituciones hospitalarias habilitadas por la cartera sanitaria.

A su vez el documento señala que los test para COVID-19 no son de autoevaluación, por lo tanto, no deben ser adquiridos y utilizados para uso personal o particular. Una persona que presente signos y síntomas debe concurrir inmediatamente a un efector sanitario para su evaluación clínica.

No son productos de venta libre, por lo tanto, no se deben ofrecer, promocionar ni adquirir en farmacias, supermercados, ventas ambulantes, ventas por internet o redes sociales.

Además, según los procedimientos sanitarios COVID-19, cualquier resultado debe estar cargado en el SISA (Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentina) por una persona habilitada por la autoridad competente según la jurisdicción.

Estos datos forman parte de una red de información importante para la vigilancia epidemiológica y la planificación estratégica para la toma de decisiones en salud.

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