25/03/2021

Dólar ahorro: Resta menos de una semana para solicitar la devolución del 35%

Dólar ahorro: Resta menos de una semana para solicitar la devolución del 35%

El próximo miércoles 31 de marzo vence el plazo para presentar las deducciones ante la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

La declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias por el período 2020 incluye la solicitud de devolución del 35% retenido por la compra de dólar ahorro o por los gastos con tarjeta realizados en moneda extranjera, contrataciones de servicios en el exterior a través de agencias de turismo, entre otros rubros, para el caso de trabajadores en relación de dependencia y jubilados de altos ingresos.

El trámite que culmina en menos de una semana se realiza vía web, mediante el Formulario 572.

Quienes hayan comprado los 200 dólares mensuales para atesoramiento o hayan hecho consumos con tarjetas en moneda extranjera entre septiembre y diciembre de 2020, deben ingresar en la web de la AFIP con clave fiscal 2 o superior. Una vez en la sección Siradig Trabajador, se deberá ingresar sucesivamente a la sección Otras Retenciones, Percepciones y Pagos a cuenta, luego a Agregar Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta, y a Pago a Cuenta - Resolución General (AFIP) 4815/2020.

Al llegar a esta instancia el contribuyente tiene que completar el Formulario 572 que permite al trabajador informar los conceptos a deducir del Impuesto a las Ganancias, las percepciones que le hubieren practicado e informar otros ingresos en caso de pluriempleo. Posteriormente, en la pestaña datos personales, el contribuyente tiene que brindar su información personal, y en la pestaña empleadores, cargar los del empleador, indicar si es tu agente de retención y, de corresponder, informar la condición de pluriempleo -es decir, si el contribuyente tiene más de un empleador-.

En el apartado del Siradig, se divide la información de acuerdo a si se trata de compra de moneda extranjera, utilización de tarjetas de crédito, compra y débito para bienes o servicios efectuados en el exterior, compras en agencias de viajes y turismo y servicios de transporte con destino fuera del país. Hay tiempo hasta el 31 de marzo para realizar este trámite.

Al finalizar la carga de todos los ítems, existe la posibilidad de la vista previa y para finalizar hay que elegir la opción enviar al empleador y generar presentación.

Luego, será el empleador el que reintegre las sumas adelantadas por las operaciones realizadas hasta el 31 de diciembre del año pasado.

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