11/11/2020

Crimen de Wencelao Manrique: Condenas de entre 8 años y prisión perpetua a los autores

Crimen de Wencelao Manrique: Condenas de entre 8 años y prisión perpetua a los autores

El Tribunal de Juicio de Roca impuso hoy condenas de entre 8 años de cárcel y prisión perpetua a las cinco personas condenadas por un homicidio y por una serie de delitos relacionados con ese crimen, ocurridos en Allen la tarde del 28 de junio de 2019. Del hecho resultó víctima fatal César Wencelao Manriquez Figueroa, un hombre de 70 años, oriundo de Regina.

En una audiencia que se emitió por Zoom los jueces dieron a conocer su decisión unánime. Tras valorar atenuantes y agravantes respecto de cada persona imputada, el Tribunal coincidió con los pedidos de pena que había formulado la Fiscalía en el juicio de cesura.

Así, Ramón Segundo Ramírez Quezada fue condenado a prisión perpetua, con declaración de primera reincidencia, por los delitos de portación de arma de fuego de guerra, en concurso real con robo doblemente agravado –por el uso de arma de fuego y por ser cometido en lugar poblado y en banda-, en concurso real con homicidio criminis causa, agravado por el uso de arma de fuego.

En tanto que el imputado Rodrigo Andrés Díaz fue condenado a prisión perpetua, con declaración de segunda reincidencia, por los delitos de robo doblemente agravado –por el uso de arma de fuego; en poblado y en banda- en concurso real con homicidio criminis causa, agravado por el uso de arma de fuego.

El tercer imputado, Aníbal Antonio Jeldres, fue condenado a 23 años de prisión como coautor de los delitos de robo seguido de muerte, agravado por el uso de arma de fuego, en concurso ideal con robo doblemente agravado. En su caso el Tribunal valoró como atenuantes que tiene familia e hijos de corta edad y que había emprendido un camino de reincerción laboral luego de haber cumplido una anterior condena de prisión. Como agravantes computaron sus antecedentes y su edad de 40 años al momento del hecho, que le brindaba “suficiente experiencia de vida y capacidad de reflexión” ante la gravedad del hecho protagonizado. También se valoró en su contra la nocturnidad y lugar donde se cometió el atraco, en un contexto que “favorecía la desprotección de la víctima”.

Por último, la imputada Karen Soledad Espinoza fue condenada a 8 años de prisión y la imputada Rocío Belén Bivanco fue condenada a 8 años y 6 meses de prisión, como coautoras del delito de robo doblemente agravado por el uso de arma de fuego y por haber sido cometido en poblado y en banda.

En el caso de las mujeres, se valoró como atenuantes la falta de antecedentes, la edad, sus precarias condiciones sociales, económicas y culturales y que ambas ejercían la prostitución como consecuencia de la “propia vulnerabilidad en su condición de vida”. Los jueces también consideraron que las penas de prisión efectiva resultan más gravosas para las mujeres que para los hombres, no sólo por lo que implica el “ámbito carcelario” sino también por la “repercusión social y familiar” del encierro, especialmente para una de ellas, que es madre de tres hijos.

Como agravantes los jueces les atribuyeron haber favorecido a la desprotección de la víctima, un hombre adulto mayor, mediante una conducta “defraudatoria de la confianza” que él les dispensaba por el conocimiento previo que los vinculaba.

Respecto de las mujeres, el Tribunal aclaró que no se les atribuye responsabilidad en la muerte de la víctima, sino exclusivamente la intervención en el robo, en el que aportaron el haber engañado y guiado telefónicamente al hombre para ponerlo a disposición de los autores materiales del asalto.

Debido a que la sentencia no está firme, las cinco personas permanecen detenidas en prisión preventiva, que tiene modalidad domiciliaria en el caso de las imputadas.

El hecho

El Tribunal dio por probado que las cinco personas planificaron el robo y se distribuyeron funciones para llevarlo a cabo. Las dos mujeres citaron a la víctima, aprovechando la relación previa que tenían con él. El hombre viajó desde Regina hasta Allen en su auto y estacionó frente al Corralón Municipal, donde fue atacado por Díaz y Ramírez Quezada, mientras que Jeldres los esperaba con un vehículo en marcha a pocos metros del lugar, para garantizar la fuga. (Comunicación Judicial-ANR)

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