27/05/2020

¿Cuándo se puede podar y cómo se tramita el permiso obligatorio?

¿Cuándo se puede podar y cómo se tramita el permiso obligatorio?

El Municipio de Roca recuerda a los vecinos que el período de poda del arbolado urbano en la ciudad es desde el 1 de Junio hasta el 31 de Julio de cada año.

No debe realizarse ningún tipo de poda si no se cuenta con la autorización municipal otorgada por la Dirección de Plazas y Jardines dependiente de la Secretaria de Servicios Públicos ya que se aplican multas previstas en Ordenanza en vigencia.

 

El municipio no realiza la poda del arbolado urbano ni envía podadores para hacerlo, solamente asesora a los solicitantes cómo realizar la poda para prolongar la vida útil de cada planta y retirar obligatoriamente el producto de la poda.

La poda es responsabilidad de cada vecino que para podar deberá presentar una nota en Mesa de Entradas del municipio, en el edificio central, solicitando la autorización de los trabajos a realizar. El instructivo y formulario se puede obtener en la página web del municipio, encontrando en la Portada el sitio destinado a Poda del Arbolado Urbano la documentación necesaria.

La única autorización válida para realizar poda o extracción es el Acta labrada con firma y sello del funcionario actuante, que surge de la solicitud presentada en Mesa de Entradas y que se retira en calle España 1650 de nuestra ciudad.

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