22/05/2020

Lo acosaban por un video subido a Youtube y la justicia ordenó a la empresa que lo borre

Lo acosaban por un video subido a Youtube y la justicia ordenó a la empresa que lo borre

A través de un fallo judicial inédito, la Justicia ordenó a la empresa Youtube que elimine de manera total un video que había sido publicado por una joven cuando era niño y que en la actualidad era usado por otras personas para hostigarlo.

La disposición medida judicial es el resultado de un pedido realizado por el usuario, quien explicó que olvidó su contraseña de la plataforma de videos y por ese motivo no podía borrar el contenido. 

La orden se dictó durante el contexto de aislamiento social obligatorio, utilizando las herramientas digitales que el Poder Judicial tiene para la atención remota.

Con la intervención del departamento de Informática Forense del Poder Judicial se requirió la eliminación de los videos ordenados y a los pocos días, Google respondió que la orden había sido cumplida.

“El bullying es una problemática social que causa dolor, humillación y daño a niños, niñas y adolescentes; afectando su desarrollo, aprendizaje y su futuro” consigna un fallo de un juzgado de Familia de Bariloche que priorizó el interés superior de un adolescente y resolvió una medida cautelar autosatisfactiva.

La jueza interviniente consideró que, en la actualidad estas publicaciones colisionan con su derecho a la intimidad. La sentencia destaca que “si bien fue él mismo quien creó esa cuenta de YouTube, la imposibilidad de poder borrarla, genera un perjuicio que debe ser reparado”.

La presentación fue realizada por los padres del joven, quienes advirtieron en el marco de la emergencia sanitaria y la cuarentena, que el adolescente mostraba una conducta con intensos cambios emocionales, se retraía cada vez más, y no mostraba interés por nada.

En forma posterior el adolescente pudo manifestar que el malestar se debía a que algunos compañeros de colegio habían accedido a los videos que había grabado cuando era un niño y los posteaban en redes sociales o en whatsapp, burlándose y haciéndolo objeto de ridiculización y hostigamiento.

Si bien se realizaron intentos de eliminar los videos, no se pudo, toda vez que YouTube requiere ingresar con la dirección de correo y contraseña original, direcciones que hoy no recuerda porque la misma fue creada cuando tenía el joven tenía 8 años.

Previa conformidad del defensor de Menores interviniente, el fallo señaló que se encuentra debidamente acreditada la verosimilitud del derecho en la documentación acompañada y surge evidente la urgencia del caso, teniendo en consideración que el bullying es una problemática social que causa dolor, humillación y daño a niños, niñas y adolescentes; afectando su desarrollo, aprendizaje y su futuro. “Considero también que el bien jurídico intimidad va mutando su contenido y sus facultades jurídicas que derivan del mismo al compás del desarrollo tecnológico”, expresa la sentencia. (Comunicación Judicial-ANR)

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