No quería que su título universitario llevara el apellido de su padre: la Justicia la autorizó a usar el de su mamá
A pocos meses de recibir su título de Licenciada en Enfermería, una joven decidió dar un paso que consideraba pendiente desde su infancia: pidió eliminar el apellido de su padre para conservar únicamente el de su mamá, con el que aseguró haberse sentido siempre representada y el que quería que figurara en su diploma universitario.
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El planteo llegó al fuero de Familia de Luis Beltrán, que hizo lugar a la acción de supresión de apellido y ordenó rectificar la partida de nacimiento y el acta de reconocimiento para eliminar el apellido paterno. La resolución aclaró que la decisión no modifica el vínculo de filiación ni los derechos y obligaciones que derivan de esa relación.
La joven explicó que nunca convivió con su padre, que el vínculo durante su niñez fue esporádico y que hace unos 15 años perdió todo contacto con él. Sostuvo además que su madre asumió sola su crianza y que desde niña deseaba dejar de llevar el apellido paterno, aunque debió esperar a cumplir la mayoría de edad para iniciar el trámite judicial.
Durante el proceso, las testigos coincidieron en que el padre no participó de su crianza ni cumplió con la prestación alimentaria. También señalaron que siempre se identificó con el apellido materno y que aguardó hasta ser mayor de edad para solicitar el cambio.
Una pericia psicológica concluyó que no existió una función paterna estable y que la joven construyó su sentido de pertenencia dentro de la familia materna. El informe agregó que la próxima obtención de su título profesional reforzaba la necesidad de que su nombre legal coincidiera con la identidad con la que se reconoce. Además, el Ministerio Público Fiscal y el Registro Civil no formularon objeciones al pedido.
Al dictar sentencia, la jueza consideró acreditados los "justos motivos" que exige el Código Civil y Comercial de la Nación para autorizar un cambio de apellido. Entendió que la solicitud respondía a una realidad personal consolidada y que la supresión del apellido paterno permitía armonizar el nombre legal con la identidad de la joven, sin afectar intereses públicos ni derechos de terceros.