Un padre podrá revincularse con su hijo de 9 años después de cumplir un tratamiento terapéutico
Un niño que hoy tiene 9 años podrá comenzar un proceso de revinculación paulatina con su padre. Durante los últimos años, el contacto entre ambos se fue interrumpiendo y el hombre debió cumplir con tratamientos y evaluaciones que le habían sido requeridos.
El caso llegó hasta la Cámara de Apelaciones de Roca, luego de que una jueza de Familia resolviera que debía continuar vigente una prohibición de acercamiento respecto del chico.
La historia comenzó cuando el niño tenía 6 años. A partir de una medida judicial de prohibición de acercamiento, el vínculo con su padre comenzó a interrumpirse, aunque el contacto no se cortó completamente desde ese momento. Durante los años siguientes, el hombre solicitó a través de la Defensa Pública poder retomar la relación con su hijo.
Para avanzar con ese pedido, el padre debió realizar un tratamiento terapéutico, mantener una entrevista con el Equipo Técnico Interdisciplinario (ETI) del fuero de Familia y presentar los informes psicológicos requeridos. También intervino el Servicio de Salud Mental del hospital, cuyo informe propuso restablecer instancias de contacto progresivas y adecuadas con el niño.
Durante el proceso hubo además un paso central: el chico fue escuchado por la jueza de Familia, con intervención de la defensora de Menores y del ETI. Su opinión forma parte de los elementos considerados dentro del expediente, aunque no es vinculante y, por tratarse de un niño y de información especialmente protegida, no trascendió qué manifestó respecto de la relación con su padre.
La jueza de Familia había resuelto que la prohibición de acercamiento respecto del niño debía continuar. Frente a esa decisión, la Unidad Temática de Defensa de Derechos de Familia N°1, que representa al padre, recurrió a la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso Administrativa.
Uno de los cuestionamientos de la Defensa fue que la medida de prohibición de acercamiento no tenía establecida una duración. Al plantear el recurso, sostuvo además que el hombre ya había completado los requerimientos terapéuticos y que en el expediente estaban incorporados los informes profesionales y la escucha del niño necesarios para volver a evaluar la situación.
La Defensa planteó ante la Cámara que, con esos elementos, correspondía dejar atrás la continuidad de la medida y avanzar hacia una revinculación paulatina, bajo condiciones que permitieran resguardar al chico.
En ese sentido, uno de los informes incorporados al expediente, elaborado a partir de la intervención del Servicio de Salud Mental del hospital, propuso “restablecer instancias de contacto progresivo y adecuadas con el niño”. Según explicó la Defensa Pública, los dictámenes del ETI y de la profesional de Salud Mental fueron utilizados para evaluar los riesgos y las posibles modalidades de intervención.
La Cámara hizo lugar al planteo de la Defensa y dictó una resolución favorable al padre. A partir de allí comenzó a tramitarse la demanda para establecer un nuevo régimen de comunicación.
La propia Defensa remarcó que la eventual recuperación del contacto no debe realizarse de manera abrupta. Entre los argumentos presentados sostuvo que corresponde adoptar medidas que permitan “la revinculación progresiva y supervisada, con etapas y criterios objetivos de avance, garantizando simultáneamente la protección del niño”.
También planteó que, al resolver este tipo de situaciones, debe ponderarse tanto la protección frente a posibles riesgos como la preservación de los vínculos familiares cuando no exista un riesgo actual y concreto.
El proceso, sin embargo, todavía no terminó ni existe un régimen de comunicación definitivamente establecido. El próximo paso será una audiencia preliminar ante la jueza del fuero de Familia. Allí estarán la madre y el padre, cada uno acompañado por su abogado, y deberán discutirse los términos bajo los cuales podrá desarrollarse el nuevo régimen de comunicación.
Así, después de un proceso que comenzó cuando el chico tenía 6 años y que incluyó una prohibición judicial de acercamiento, tratamientos, evaluaciones profesionales, la escucha del propio niño y una apelación, el expediente entra ahora en una nueva etapa: definir de qué manera y bajo qué condiciones podrá reconstruirse progresivamente el vínculo entre padre e hijo, con la protección del niño como eje de las decisiones que se adopten.