2024-10-31

Cayó al canal de riego por esquivar a unos perros pero el seguro no lo quería cubrir

Un fallo judicial ordenó cubrir el valor del auto y una indemnización por daño moral y punitivo.

El conductor de un Fiat Argos terminó con su vehículo en el canal de riego que corre paralelo a la calle La Criollita, en Fernández Oro, en una maniobra de último momento para esquivar unos perros que le aparecieron de pronto. Pero la aseguradora no quiso reconocer los alcances de la póliza y todo terminó en la justicia civil.

El primer fallo le terminó dando la razón al asegurado: sostuvo que la compañía no cumplió con los términos del contrato y tendrá que abonarle los daños resultantes del incidente, más una indemnización por daño emergente y daño punitivo. 

Durante el juicio, el propietario del vehículo explicó que al intentar esquivar a varios perros que irrumpieron en la calle, perdió el control y terminó cayendo en el canal de riego, lo que dejó el rodado sumergido y con daños significativos. Personal policial y una ambulancia lo asistieron y lo trasladaron a un centro de salud, mientras que el vehículo, un Fiat Argo, quedó destrozado.

El conductor venía por una calle de tierra y de repente aparecieron los perritos. Terminó dentro del canal (Foto: archivo).

En su demanda, el titular del coche afirmó que, pese a que la póliza con Río Uruguay Seguros estaba vigente al momento del siniestro, la aseguradora no procesó el reclamo. Sostuvo que él cumplió con todos los requisitos, incluida la denuncia del incidente y el traslado del automóvil a una concesionaria oficial para la evaluación de daños. Sin embargo, alegó que la aseguradora no avanzó con la liquidación.

Río Uruguay Seguros reconoció la vigencia de la póliza pero argumentó que la cobertura máxima del seguro estaba limitada y que el costo de los daños no alcanzaba para considerarse una destrucción total. La aseguradora también señaló que el asegurado no se había comunicado con el perito designado para evaluar los daños y que no se cumplieron las condiciones necesarias para procesar el pago.

La sentencia consideró que la aseguradora no presentó pruebas que respaldaran su versión de los hechos ni que justificaran la falta de pago. El fallo indicó que, aunque la aseguradora afirmó haber solicitado una pericia, no demostró de manera fehaciente que el conductor estuviera al tanto de dicha solicitud. A partir de las pruebas testimoniales y documentales, se concluyó que el siniestro efectivamente ocurrió y que los daños fueron de tal magnitud que representaron una destrucción total, superando el 80 por ciento del valor del vehículo, lo que volvía antieconómica su reparación.

La sentencia estableció una indemnización en concepto de daño emergente, monto equivalente al valor de mercado del vehículo al momento de la demanda. Además, se impuso una sanción en concepto de daño punitivo debido a la conducta dilatoria y omisiva de la aseguradora, a fin de disuadir futuras prácticas similares.

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