“UN DÍA DE FURIA” LLEGO A LA JUSTICIA Y FALLÓ A FAVOR DEL CLIENTE
¿Qué sentís cuando desde tu banco no dan respuesta a tu reclamo?
Si algún día se hiciera una encuesta seria de satisfacción del cliente en los sistemas de atención telefónica, el resultado sería catastrófico… Se sumarían las horas insumidas para conseguir primero que atiendan, después que escuchen, y por último que den respuesta al reclamo. Es lo que le pasó a un hombre de Cipolletti que se encontró que le realizaban un débito no autorizado por un seguro que nunca había contratado. Ahora, la justicia no sólo le dio la razón sino que determinó una indemnización por daño moral.
¿Cuánto vale tu tiempo, tu racionalidad y tus idas a la entidad bancaria para que te den una respuesta? Para el Juzgado Civil N°9 de Cipolletti, la compensación deberá ser de 17.000 pesos por “daño moral”. Expresó que el cliente fue sometido a un derrotero de reclamos y sinsabores, que se tradujo en el desgaste propio de un trámite que no tuvo solución.
La causa también tuvo su recorrido. Comenzó con el reclamo administrativo en el Banco, por un seguro de la compañía Sura, un seguro que afirmaba no haber contratado pero por el cual le estuvieron haciendo los descuentos de su cuenta durante dos años. Al no recibir respuesta, el cliente reclamó ante el juzgado de Paz de Cipolletti y allí se inició un expediente por menor cuantía. Pero la aseguradora no contestó la demanda. Y en esa primera instancia quedó acreditado que sin haber contratado ninguna póliza la cuenta del hombre fue objeto de sucesivos descuentos durante dos años y medio.
El juzgado de Paz ordenó la devolución de ese dinero más una multa. Pero en la apelación, se fijó un monto extra en función de las preocupaciones y pesares que padeció el consumidor.
El fallo consideró que el banco no probó la contratación del seguro, no adjuntó ninguna documentación y no justificó los débitos bancarios cuestionados.
En consecuencia estableció el daño directo en 12.384,12 pesos por los débitos descontados y una multa por daño punitivo por 15.997,89 pesos. La jueza de Paz sostuvo que el banco no respetó dos derechos fundamentales en materia de defensa del consumidor: el deber de información y la obligación de dar un trato digno al usuario.
En la apelación, el juzgado Civil N°9 evaluó que además el cliente debía ser indemnizado por daño moral. Determinó ese monto en 17 mil pesos. Surge de esa segunda sentencia que el hombre fue sometido a un derrotero de reclamos y sinsabores, que se tradujo en el desgaste propio de un trámite que no tuvo solución.
Se consideró además que el banco tuvo una conducta indiferente, que no ofreció información clara, sencilla y veraz. Como consecuencia, el demandante padeció perturbaciones, preocupaciones y pesares.
El fallo asegura que el temor y la angustia de “asumir débitos por productos no contratados no han hecho otra cosa que ocasionar en su faz espiritual una lesión que supera los padecimientos propios de la vida en sociedad, componen un daño extrapatrimonial que debe ser reparado”.