2026-07-03

Otra condena al Municipio: por qué esta vez deberá pagar una indemnización superior a los $20 millones

La jueza fundamentó la responsabilidad del Estado municipal en la falta de control sobre una obra que conocía.

La condena contra el Municipio de Roca y un jardín de infantes por la caída de una mujer en una pasarela provisoria no solo impuso una indemnización superior a los $20 millones, sino que desarrolló en detalle por qué la Justicia entendió que el Estado debía responder por lo ocurrido. La sentencia concluyó que el Municipio conocía la existencia de la obra, pero no ejerció los controles que le correspondían, un criterio que vuelve a poner bajo análisis el alcance de sus obligaciones y las consecuencias económicas que puede generar su incumplimiento.

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En la primera nota publicada por ANR se informó que la Justicia condenó solidariamente al Municipio de Roca y a la institución educativa por el accidente sufrido por una mujer el 13 de enero de 2016, cuando cayó mientras atravesaba una pasarela provisoria instalada durante la ampliación del jardín.

Al analizar los fundamentos completos de la sentencia, uno de los aspectos centrales del fallo es la actuación del Estado municipal. La jueza Romina Daniela Merino citó un antecedente de la Cámara de Apelaciones de Roca, que recuerda que el Municipio tiene el deber de controlar el estado de las veredas y las obras que afectan la circulación peatonal.

En ese precedente se sostiene que "El Estado Municipal puede -y debe- fiscalizar el estado de las veredas y, en caso de incumplimiento de los frentistas, sancionar, reparar la vereda y luego exigir el pago de los gastos".

Con ese criterio como base, la magistrada rechazó la defensa del Municipio. Del expediente surge que existía un trámite administrativo iniciado para la ampliación del jardín y que la administración local conocía la existencia de la obra. En ese contexto, la sentencia afirma que "el municipio sabía de la realización de la obra". Sin embargo, el propio Municipio informó que realizó una inspección recién en noviembre de 2020, cuando los trabajos ya estaban terminados.

Para la jueza, ese dato fue determinante. En el fallo sostuvo que "Ello denota la falta de control por parte del municipio de una obra de la cual conocía su existencia", y agregó que, de haber ejercido ese control, "hubiera podido constatar la peligrosidad de la pasarela construida para los peatones que circulaban por el lugar".

Ese razonamiento llevó a la magistrada a concluir que el Municipio incurrió en una falta de servicio y que esa conducta tuvo incidencia en el accidente, motivo por el cual fue condenado, junto con el jardín, a afrontar una indemnización superior a los $20 millones, más los intereses correspondientes.

Respecto del jardín de infantes, la jueza también descartó su principal argumento de defensa. La institución había sostenido que la obra estaba a cargo de una empresa contratista y que, por lo tanto, no debía responder por el estado de la pasarela. Sin embargo, la sentencia concluyó que, como dueña de la obra, mantenía un deber de supervisión sobre los trabajos y sobre las condiciones de seguridad para quienes transitaban por el lugar.

El aspecto económico del fallo también resulta llamativo. La demanda iniciada por la mujer reclamaba originalmente $915.865,72, pero la sentencia terminó fijando una indemnización superior a los $2o millones por daño moral, más intereses. Al mismo tiempo, rechazó los reclamos por incapacidad sobreviniente, gastos de rehabilitación y daño estético, al considerar que esos rubros no habían sido acreditados durante el proceso.

La resolución se conoce pocos días después de otra importante condena civil contra el Municipio de Roca. En ese caso, la Justicia ordenó indemnizar a un motociclista con una suma superior a los $65 millones tras concluir que el accidente ocurrió en un sector que carecía de iluminación, señalización y otras medidas de seguridad. El hombre cayó a un desagüe, sufrió fracturas de gravedad y quedó con secuelas permanentes.

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