2026-05-12

Sancionaron a un empleado municipal del Alto Valle por acoso callejero y comentarios sexuales a una mujer

El episodio ocurrió mientras una vecina realizaba tareas de limpieza para el retiro de residuos. La Justicia de Río Negro consideró que las expresiones del trabajador afectaron la dignidad de la víctima y configuraron una contravención.

Un empleado municipal fue sancionado por acoso callejero luego de realizar comentarios sexuales y ofensivos a una mujer mientras trabajaba en la recolección de residuos en Ingeniero Huergo. El Juzgado de Paz lo declaró responsable de una contravención prevista en el artículo 44 del Código Contravencional de Río Negro y le impuso una capacitación obligatoria sobre perspectiva de género y violencia.

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De acuerdo a la resolución judicial, el episodio ocurrió cuando una mujer realizaba tareas de limpieza en un terreno y acomodaba residuos para que un camión recolector pudiera retirarlos. En ese contexto, le pidió al trabajador municipal que aguardara unos minutos mientras terminaba de organizar los desechos.

Según sostuvo el fallo, la situación derivó en una discusión durante la cual el hombre realizó comentarios ofensivos y con connotación sexual en tono elevado. El intercambio ocurrió además frente a otras personas y en un espacio público.

Durante la audiencia de formulación de cargos, el acusado negó parte de las expresiones que se le atribuyeron, aunque reconoció haber pronunciado algunas frases en medio del conflicto laboral.

La jueza entendió que los dichos fueron suficientes para generar una situación de humillación e intimidación para la mujer y encuadró el hecho dentro de la figura de acoso callejero prevista en la legislación provincial.

La resolución recordó que este tipo de conductas no requiere una agresión física para ser sancionada y remarcó que las expresiones verbales con connotación sexual también pueden afectar la dignidad, la libertad y la integridad psíquica de las personas cuando generan un entorno hostil en espacios públicos.

El fallo además ubicó el episodio dentro de un contexto de violencia de género en el espacio público, en línea con la Ley de Protección Integral hacia las Mujeres.

Como sanción, el juzgado ordenó que el trabajador municipal asista a una capacitación virtual y presencial sobre perspectiva de género y violencia.

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