Fotomultas en Roca: un polémico servicio que opera sin el aval del Concejo Deliberante?
Un grupo de vecinos de General Roca, asesorados por el especialista en seguridad vial Diego Iraldi, presentó un pedido de informes ante el Concejo Deliberante que pone en jaque la legalidad del sistema de fotomultas que opera la empresa Speed Radar Tech. El documento, fechado el lunes 11 de mayo, no cuestiona la seguridad vial, sino el sistema. Según sostienen los vecinos, este servicio estaría funcionando sin aval legislativo, algo que la propia Carta Orgánica Municipal exige y que podría poner en tela de juicio la validez de las actas de infracción labradas hasta la fecha.
El artículo 39, inciso 12 de la Carta Orgánica es preciso, destacaron en la nota los solicitantes, porque es el Concejo Deliberante quien debe aprobar o desechar los contratos celebrados por el Intendente. El contrato con Speed Radar Tech, según denunciaron los vecinos, nunca habría pasado por ese filtro.
En una nota enviada a la prensa, el grupo de vecinos aclaró que “la denuncia se centra en el incumplimiento sistemático de la Carta Orgánica Municipal (COM), la ley madre de la ciudad, lo que podría derivar en la nulidad absoluta de todas las actas de infracción labradas hasta la fecha”.
Uno de los ejes de la presentación es que, según estos vecinos, el contrato con la empresa de las fotomultas carece de aval legislativo. Por eso recordaron que “según el Art. 39 Inc. 12 de la COM, el Concejo Deliberante debe aprobar o desechar los contratos celebrados por el Intendente. El sistema actual opera sin la aprobación del cuerpo legislativo, lo que vicia de ilegalidad el origen de las multas”.
La presentación llega con una batería de preguntas que el Municipio tiene diez días hábiles para responder, según la normativa. Exigieron que les otorguen copia del contrato completo, con sus anexos técnicos, las cláusulas económicas y los mecanismos de retribución a la empresa. Quieren saber cuánto se lleva Speed Radar Tech de cada multa, o si cobra un canon fijo, o ambas cosas. Hasta ahora, esa información no es pública.
Pero el cuestionamiento no se agota en el contrato. Los vecinos señalan que la totalidad de las actas de infracción generadas por el sistema automático están suscriptas por una única agente de tránsito municipal. Según plantearon, esto abre interrogantes sobre si es posible revisar, analizar y validar la cantidad de imágenes que produce un sistema de constatación automática funcionando en múltiples puntos de la ciudad.
A eso se suma otro flanco legal: las notificaciones de las presuntas infracciones llegan con demoras de hasta seis meses. El Art. 18 de la Constitución Nacional garantiza el derecho de defensa. Difícilmente pueda ejercerse ese derecho con eficacia cuando el infractor recibe la notificación medio año después de los hechos, con escaso margen para recordar circunstancias, reunir pruebas o conseguir testigos.
En materia técnica, los vecinos exigen las homologaciones del INTI para cada equipo instalado, las autorizaciones de la Agencia Nacional de Seguridad Vial y los certificados de calibración vigentes. Sin esa documentación, no hay forma de verificar que los dispositivos miden con precisión. También denuncian falta de señalización preventiva adecuada, ausencia de elementos reflectivos reglamentarios y el uso de pintura sintética no homologada en sendas peatonales, en aparente violación de la Ley Nacional de Tránsito 24.449 y su decreto reglamentario 779/95.
Los vecinos también fueron críticos con los concejales y señalaron que “son cómplices por omisión o desconocen su rol fundamental de contralor”, al no exigir el tratamiento del contrato y sus términos.