Vendió la casa, entregó las llaves y 20 años después quiso recuperarla: la Justicia le dijo que no
El fuero Civil de Roca rechazó una demanda de reivindicación presentada por una mujer que buscaba recuperar una casa, al concluir que ella misma había entregado la vivienda hace dos décadas tras acordar su venta.
La mujer afirmó que la propiedad le pertenecía y que la ocupante actual no tenía derecho a permanecer allí. De acuerdo a la denuncia, el vínculo comenzó con un alquiler y luego derivó en negociaciones de venta que —según su versión— no se concretaron porque los compradores no cumplieron con los pagos ni con los impuestos.
Pero el expediente mostró otra secuencia. En 2004, la mujer firmó un boleto de compraventa y entregó las llaves de forma voluntaria a la pareja de la actual ocupante. Ese punto fue determinante.
La jueza entendió que no se acreditó la rescisión de ese acuerdo ni una pérdida involuntaria de la posesión. Sin esos elementos, la acción de reivindicación —que exige haber sido despojado sin consentimiento— no tenía sustento.
El núcleo del fallo fue claro: no se puede exigir la devolución de un inmueble cuando quien lo tenía se desprendió de él voluntariamente en el contexto de una venta.
En paralelo, el hombre que había participado en la operación —expareja de la actual ocupante— sostuvo que había adquirido la vivienda mediante ese boleto, que luego cedió los derechos a la mujer y a una de sus hijas, y que durante años afrontaron gastos, servicios y gestiones vinculadas a la propiedad.
Ese contexto también pesó en la decisión. La resolución evitó un desalojo que habría dejado sin alternativa habitacional a la familia que vive actualmente en la casa, integrada por una mujer y sus tres hijos.
La magistrada concluyó que, sin dejar sin efecto el contrato de compraventa ni probar una pérdida forzada de la posesión, no corresponde ordenar la restitución del inmueble.